STSJ Comunidad de Madrid , 19 de Marzo de 2001

PonenteALFONSO SABAN GODOY
ECLIES:TSJM:2001:3779
Número de Recurso32/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

APELACIÓN 32/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección de Apoyo Núm. 2 PONENTE; SR. Alfonso Sabán Godoy SENTENCIA N° 230 Magistrados Ilmos. Sres.

José I. Parada Vázquez D. Alfonso Sabán Godoy D. José Alberto Gallego Laguna D. Santos de Gandarillas Martos En Madrid, a diecinueve de marzo de dos mil uno. Visto en grado de apelación ante esta Sección de Apoyo núm. 2 formada por los Sres. Magistrados anotados al margen el recurso contencioso administrativo seguido ante el Juzgado de este orden n° 13 de los de Madrid, Procedimiento Ordinario número 31/1999, interpuesto por la CONGREGACIÓN RELIGIOSA HIJAS DE JESÚS, PROVINCIA CENTRO, representada por la Procuradora Sra. Lacosta Guindao contra la resolución del Excmo. Ayuntamiento de Madrid sobre anulación de la resolución desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra el no reconocimiento de exención en el pago del Impuesto sobre Actividades Económicas. Habiendo sido parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por la Procuradora Sra. Zulueta Luchsinger, cuyo recurso ha sido elevado a esta Sección 4ª (repartido a la Sección de Apoyo n° 2) en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la Congregación Religiosa "Hijas de Jesús-Provincia Centro" contra la Sentencia de 20 de enero de 2000 dictada en dicho recurso. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 20 de enero del año 2000 se dictó sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 13 de Madrid en el recurso seguido por los trámites del Procedimiento Ordinario número 31 / 1999 entre, de un lado, la Congregación Religiosa, Hijas de Jesús. Provincia Centro, representada por la Procuradora Dª. Izaskun Lacosta Guindado y asistida por el Letrado D. Fernando Vizacaino de Sas, como recurrente; y de otro, el Excmo Ayuntamiento de Madrid, Area de Economía y Hacienda, representado por la Procuradora Dª. Cayetana de Zulueta Luchsinguer, como recurrido, sobre anulación de la resolución desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra el no reconocimiento de exención en el pago del Impuesto Sobre Actividades Económicas.

SEGUNDO

Dicha sentencia contiene el Fallo del tenor literal siguiente "Que desestimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Letrado Don Fernando Vizcaíno de Sas en nombre y representación de "Hijas de Jesús. Provincia Centro", entidad Titular del Colegio Mayor Berrospe contra el Decreto del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Madrid de 17 de diciembre de 1998 por el que se desestima el recurso contra la resolución de 13 de octubre de 1998 que deniega la exención en el Impuesto sobre Actividades Económicas para el Colegio Mayor Berrospe, debo declarar y declaro que dichas resoluciones son ajustadas a derecho, sin especial declaración en cuanto a las costas causadas en esta instancia."

TERCERO

Notificada que fue la sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por los recurrentes, el cual fue admitido en ambos efectos y dándose traslado del mismo a los recurridos para formalizar oposición, la cual fue presentada por la Procuradora Sra. Zulueta Luchsinger en representación del Ayuntamiento de Madrid, oponiéndose al recurso, con imposición de las costas a parte recurrente Y cumplidos dichos trámites el Juzgado acordó la elevación de las actuaciones a esta Sala de lo Contencioso Administrativo, y repartidos por razón de la materia a esta Sección 4ª (repartidos a su vez a la Sección de Apoyo n° 2).

CUARTO

Recibido los autos en esta Sección, fue registrado y...

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