ORDEN AAR/506/2010, de 2 de noviembre, por la que se establecen los criterios para la aplicación de los niveles de reducción en la excreción de nitrógeno del ganado porcino mediante la mejora de la alimentación, de acuerdo con el anexo 2 del Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, de aprobación del programa de actuación aplicable a las zonas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos que proceden de fuentes agrarias y de gestión de las deyecciones ganaderas.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL
Rango de LeyOrden

ORDEN

AAR/506/2010, de 2 de noviembre, por la que se establecen los criterios para la aplicación de los niveles de reducción en la excreción de nitrógeno del ganado porcino mediante la mejora de la alimentación, de acuerdo con el anexo 2 del Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, de aprobación del programa de actuación aplicable a las zonas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos que proceden de fuentes agrarias y de gestión de las deyecciones ganaderas.

El Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, de aprobación del programa de actuación aplicable a las zonas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos que proceden de fuentes agrarias y de gestión de las deyecciones ganaderas, establece las cantidades de nitrógeno aportado al suelo mediante la aplicación de deyecciones ganaderas.

La disposición final tercera del Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, autoriza al consejero o consejera del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural a modificar las cantidades fijadas en el Decreto con el fin de adaptarlas a los avances técnicos y de conocimiento y a adoptar las medidas necesarias para su desarrollo y ejecución.

Por su parte, el anexo 2 del Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, permite considerar reducciones en las cantidades de nitrógeno excretado por el ganado, que establece el mismo anexo, en caso de que se utilicen determinadas mejoras en la alimentación, siempre que la persona titular de la explotación ganadera lo justifique adecuadamente. La dirección general competente en materia de agricultura y ganadería lo tiene que valorar individualmente.

En relación con el ganado porcino, el anexo 2 del Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, fija unas tablas en las que relaciona los tipos de alimentación con el porcentaje de reducción del nitrógeno aportado por las deyecciones porcinas, y establece 3 niveles.

En los niveles 1 y 2, el anexo 2 del Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, ya establecen las reducciones de nitrógeno asociadas, mientras que para el nivel 3 se prevé un cálculo individualizado de la reducción. En la presente disposición se determina el método de cálculo para el nivel 3 de reducción en la excreción nitrogenada.

El avance del conocimiento en la nutrición del ganado porcino y la mejora de las tecnologías de producción y suministro del pienso hacen posible que la cantidad total de nitrógeno excretado se reduzca mucho en relación con los niveles de referencia del Decreto 136/2009. Estas reducciones contribuyen a facilitar la gestión de las deyecciones ganaderas y a mejorar la calidad del medio. Su reconocimiento en los planes de gestión de deyecciones ganaderas tiene que permitir acelerar esta mejora tecnológica y hacer más competitivo el sector, a la vez que se preserva el medio.

Las reducciones que se establecen en el nivel 3 se dividen en dos subniveles, en función del porcentaje de reducción a alcanzar. En el nivel 3a las reducciones se hacen mediante una serie de cálculos fundamentados en sólidos principios de la práctica nutricional de granjas de porcino en Cataluña, basándose en el informe Valoración del contenido de nitrógeno de las deyecciones ganaderas de porcino en relación a dietas estándar, del Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias (IRTA) de 3 de marzo de 2010. Para el nivel 3b se consideran necesarios, dados los elevados niveles de reducción, estudios empíricos a nivel comercial.

Consecuentemente, se considera conveniente y positivo de cara a una mayor seguridad para las personas titulares de explotaciones ganaderas y en cumplimiento de la habilitación establecida en el...

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