Orden del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, y Ordenación del Territorio, de fecha 14 de julio de 2011, relativa a la toma de conocimiento del Texto Refundido de la Modificación n.º 24 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de La Unión, “Condado de Roche”. Expte. 91/08 de planeamiento.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Con fecha 14 de julio de 2011 el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, ha dictado la siguiente Orden:

Antecedentes de hecho

Primero.- Por Orden del Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de 3 de mayo de 2010, se aprobó definitivamente la Modificación n.º 24 de las NN.SS. de La Unión. Si bien dicha aprobación se otorgó a reserva de la subsanación de las siguientes deficiencias

- «Debe vincularse en el planeamiento de desarrollo la ejecución de las actuaciones previstas en las diversas funciones urbanas a la superación de unos niveles o umbrales de servicio.

- En el caso de que la conexión con la red de abastecimiento ocupe terrenos exteriores al término municipal deberá disponer de la conformidad del Ayuntamiento.

- Debe recogerse en los planos la calificación del Sistema General de Equipamientos como “dotacional genérico”.

- Debe incorporarse al texto refundido la Memoria Ambiental justificativa del cumplimiento de los anexos de la Orden de 12/11/07».

Segundo.- Con el fin de subsanar tales deficiencias, el ayuntamiento de La Unión, en sesión plenaria de 15 de mayo de 2010, acordó aprobar un texto refundido de la presente Modificación, y lo remitió a esta Consejería mediante oficio de alcaldía de 17 de junio de 2010 (RE: 24/6/10).

Tercero.- A la vista de la documentación remitida por el ayuntamiento, y previo informe del Servicio de Urbanismo, el Director General de Territorio y Vivienda emitió el suyo de 21 de julio de 2010 en el que se señalaban las siguientes deficiencias:

  1. «La conexión con la red de abastecimiento propuesta requiere atravesar superficie exterior al término de La Unión, sin que conste autorización del ayuntamiento de Cartagena.

  2. La Memoria Ambiental aportada con la última documentación es incompleta. En ésta se han suprimido los dos apartados que en la Memoria remitida tras la aprobación provisional de 25.09.08 justificaban el cumplimiento de los Anexos II y III de la Orden de 12.11.07.

  3. El plano I-05 “Delimitación del sector sobre planeamiento vigente” carece de la línea que delimita el sector».

Cuarto.- En cumplimiento de dicho informe, el Ayuntamiento de La Unión aprobó, en sesión plenaria de 5 de junio de 2011, un nuevo texto refundido y lo remitió a esta Consejería mediante oficio registrado de entrada el día 6 de julio de 2011.

Quinto.- A la vista de dicha documentación, el Subdirector General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emitió un último informe de...

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