ORDEN de 26 de junio de 1995, del Excmo. Sr. Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, por la que se dispone la publicación del anexo del Decreto 141/1995, de 23 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueban las Directrices Parciales de Ordenación Territorial del Pirineo.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ORDENACION TERRITORIAL OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyOrden

ORDEN de 26 de junio, del Excmo. Sr. Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, por la que se dispone la publicación del anexo del Decreto 141/1995, de 23 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueban las Directrices Parciales de Ordenación Territorial del Pirineo.

El Decreto 141/1995, de 23 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueban las Directrices Parciales de Ordenación Territorial del Pirineo establece, en su artículo tercero, las directrices de estricta observancia y aplicación, obligando a particulares y a administraciones públicas a su cumplimiento.

El carácter vinculante de estas directrices hacen necesaria la publicación de su contenido en el -Boletín Oficial de Aragón- para el conocimiento por parte de todos los interesados.

Asimismo, para el perfecto entendimiento de las Directrices Parciales de Ordenación Territorial es conveniente la publicación de todas las Directrices de Ordenación, sin que ello suponga variar el carácter de las mismas establecido en el artículo tercerodel Decreto.

Por cuanto antecede y teniendo en cuenta las Disposiciones Finales Primera y Segunda del Decreto 141/1995, de 23 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueban las Directrices Parciales de Ordenación Territorial del Pirineo.

RESUELVO Primero.--Ordenar la publicación del anexo al Decreto 141/1995, de 23 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueban las Directrices Parciales de Ordenación Territorial del Pirineo, conteniendo las Directrices de Ordenación de las mismas.

Zaragoza, 26 de junio de 1995.

El Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, ISIDORO ESTEBAN IZQUIERDO PRELIMINAR El proyecto de Directriz Parcial de Ordenación Territorial del Pirineo tiene como finalidad básica iniciar un proceso de ordenación territorial que permita superar los desequilibrios existentes y potenciar el desarrollo sostenible de este territorio de modo coherente y coordinado. Este proyecto desarrolla, según establece la Ley 11/1992 de Ordenación del Territorio de Aragón, las Directrices Generales de Ordenación Territorial de Aragón. Tiene el carácter de Directriz Parcial de Ordenación Territorial de Ambito Territorial, y a suvez se concretará y será desarrollada por las Directrices Parciales de ámbito comarcal. Con la elaboración de este documento, se materializa la proposición no de Ley, aprobada por las Cortes el 14 de mayo de 1992, para la elaboración de un Plan Especial destinado a proteger el Pirineo. Según esta proposición, aprobada por unanimidad, este proyecto deberá ser un Plan de Ordenación y Protección y, por tanto, contendrá medidas estrictas sobre las actuaciones en infraestructuras, urbanismo, turismo y fomento del desarrollo, garantizando laordenación y protección del Pirineo aragonés. En la realización de este proyecto, se han incorporado y sintetizado diversos documentos de ordenación territorial y sectorial elaborados con anterioridad, con incidencia en este territorio, tales como: Decretos, Avances de Directrices de Planeamiento Urbanístico y de Ordenación Territorial de algunos valles, Programas de Actuación Territorial, estudios de Impacto Ambiental, propuestas contempladas en los documentos de planeamiento urbanístico provincial y municipal, Catálogos de Espacios Naturales y dePatrimonio, etcétera. El propio proyecto de Directriz Parcial de Ordenación Territorial del Pirineo, así como su posterior desarrollo y ejecución, hacen conveniente la creación de una ponencia técnica en el Consejo de Ordenación del Territorio, habida cuenta que este Organo debe conocer e informar el citado instrumento de Ordenación Territorial, además de dar cumplimiento al artículo 26.-1 d) de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón, por la que se establece un sistema de información y conexión entre las administraciones públicas. La citada ponencia tendrá la finalidad de realizar estudios, preparar escritos relacionados con la mencionada Directriz y elaborar las oportunas propuestas de resolución al respecto, que garanticen la participación de las distintas administraciones implicadas, así como el cumplimiento de los objetivos de la Directriz.

El director de la citada ponencia será el propio Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Para la elaboración de las resoluciones pertinentes, la ponencia podrá convocar representantes tanto de las comarcas afectadas como de las administraciones implicadas.

INDICE PRELIMINAR MARCO TERRITORIAL 1. MARCO TERRITORIAL 2. ANALISIS TERRITORIAL 2.1. SISTEMA POBLACIONAL 2.2. SISTEMAS NATURALES 2.3. SISTEMAS GENERALES 2.3.1. Infraestructuras del transporte 2.3.2. Infraestructuras energéticas 2.3.3. Equipamientos superiores 2.3.4. Sistemas culturales 2.4. SISTEMAS ECONOMICOS 2.4.1. Sector primario 2.4.2. Sector secundario 2.4.3. Sector terciario 3. CONTEXTO TERRITORIAL 4. DIAGNOSTICO GENERAL 5. PROPUESTA DE MODELO TERRITORIAL DIRECTRICES DE ORDENACION 0. TITULO PRELIMINAR DETERMINACIONES GENERALES DE LAS DIRECTRICES 0.1. AMBITO 0.2. FINES 0.3. OBJETIVOS 0.4. VIGENCIA 0.5. REVISION 0.6. MODIFICACION 0.7. CARACTER TITULO 1. DIRECTRICES DE PROTECCION Y DESARROLLO DE SISTEMAS ESTRUCTURALES CAPITULO 1. SISTEMA POBLACIONAL Directriz 1.1. Modelo territorial Directriz 1.2. Núcleos Estructurales Directriz 1.3. Núcleos Polarizantes Directriz 1.4. Gestión Mancomunada Directriz 1.5. Limitación de aparición de nuevos núcleos Directriz 1.6. Nivel dotacional y de servicios Directriz 1.7. Mantenimiento de la población Directriz 1.8. Acceso a la vivienda Directriz 1.9. Condiciones del mercado de trabajo Directriz 1.10. Nivel de formación Directriz 1.11. Fijación demográfica Directriz 1.12. Potenciación de la cultura pirenaica CAPITULO 2. SISTEMAS NATURALES Directriz 1.13. División del territorio Directriz 1.14. Coordinación directrices y programas y planes de ordenación de recursos Directriz 1.15. Restauración de espacios Directriz 1.16. Creación del Parque Internacional de los Pirineos Directriz 1.17. Prevención de incendios Directriz 1.18. Elaboración de un Plan Forestal Directriz 1.19. Zonas con riesgos geológicos y naturales Directriz 1.20. Corredores verdes Directriz 1.21. Centros de interpretación Directriz 1.22. Protección preventiva Directriz 1.23. Objetivos de calidad de aguas Directriz 1.24. Infiltraciones de aguas residuales y vertidos Directriz 1.25. Exigencias medioambientales para la edificación Directriz 1.26. Caudales de Compensación Ecológica Directriz 1.27. Protección y lucha contra la erosión de suelos Directriz 1.28. Limitación de la utilización de la zona alpina y subalpina Directriz 1.29. Preservación de las masas boscosas autóctonas Directriz 1.30. Deslinde del Dominio Público Hidráulico Directriz 1.31. Gestión conjunta de los espacios naturales CAPITULO 3. SISTEMAS GENERALES SECCION 1. Infraestructura del transporte Directriz 1.32. Localización y diseño de infraestructuras Directriz 1.33. Normativa sobre viales Directriz 1.34. Viales en áreas de alto riesgo geológico Directriz 1.35. Análisis de Impacto Territorial Directriz 1.36. Movimientos de tierra Directriz 1.37. Apertura y mejora de viales Directriz 1.38. Regulación de cargas y usos admisibles Directriz 1.39. Mejora de acceso a núcleos y espacios a proteger Directriz 1.40. Mejora del transporte público Directriz 1.41. Línea alta velocidad Zaragoza-París Directriz 1.42. Reapertura ferrocarril SECCION 2. Infraestructuras energéticas Directriz 1.43. Trazado de nuevas redes Directriz 1.44. Infraestructuras o edificaciones de carácter lineal Directriz 1.45. Medidas correctoras Directriz 1.46. Tendidos eléctricos Directriz 1.47. Utilización turístico-recreativo de embalses Directriz 1.48. Mejora del abastecimiento eléctrico Directriz 1.49. Línea Aragón-Cazaril Directriz 1.50. Régimen fluvial Directriz 1.51. Red de gasoductos SECCION 3. Equipamientos Directriz 1.52. Localización de equipamientos CAPITULO 4. SISTEMAS ECONOMICOS SECCION 1. Sector primario agroganaderas Directriz 1.53. Sistemas agrícola-ganaderos Directriz 1.54. Creación de pequeños regadíos Directriz 1.55. Fomento del cooperativismo Directriz 1.56. Fomento de economías externas Directriz 1.57. Conexiones productivas y flujos de materias y energías Directriz 1.58. Compra-venta de productos agrarios y ganaderos Directriz 1.59. Actividades diversificadoras de la agricultura SECCION 2. Sector secundario Directriz 1.60. Potenciales endógenos Directriz 1.61. Turismo rural Directriz 1.62. Desarrollo de las PYMES Directriz 1.63. Desarrollo empresarial y nuevas tecnologías Directriz 1.64. Participación de instituciones y agentes privados Directriz 1.65. Apoyo a la Administración Local Directriz 1.66. Observatorio transfronterizo SECCION 3. Sector terciario Directriz 1.67. Fomento de la pluriactividad Directriz 1.68. Fomento de la actividad turística y deportiva Directriz 1.69. Mejora de instalaciones deportivas y turísticas Directriz 1.70. Otras ofertas turísticas TITULO 2. DIRECTRICES DE ORDENACION DE USOS Directriz 2.1. Ambientes ecológicos Directriz 2.2. Areas de gestión homogénea Directriz 2.3. Clasificación de usos y actividades Directriz 2.4. Compatibilidad de usos Directriz 2.5. Escala Directriz 2.6. Ordenación Directriz 2.7. Cartografía Directriz 2.8. Contenido de los Análisis de Impacto Territorial TITULO 3. DIRECTRICES DE ORDENACION DE SUELO Directriz 3.1. Plazos de Revisión del Planeamiento Municipal Directriz 3.2. Modelos de crecimiento Directriz 3.3. Zonificación de Suelos Residenciales Directriz 3.4. Limitaciones genéricas Directriz O1.5. Transformación del suelo TITULO 4. DIRECTRICES DE PROTECCION DEL PATRIMONIO ARQUITECTONICO Y ETNOGRAFICO CAPITULO 1. CATALOGACION. DEFINICIONES CAPITULO 2. DIRECTRICES DE PATRIMONIO Directriz 4.1 Protección preventiva Directriz 4.2. Catalogación Directriz 4.3. Programas de Rehabilitación Directriz 4.4. Costes de reparación Directriz 4.5. Declaración de ruina Directriz...

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