DECRETO 85/1990, de 3 de Abril, por el que se declaran de urgente ocupación por la Excma. Diputación Foral de Guipuzcoa, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos necesarios para la realización del Proyecto «Estación de Aforos en la Presa de Arriaran».

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPresidencia, Justicia y Desarrollo Autonomico
Rango de LeyDecreto

DECRETO 85/1990, de 3 de Abril, por el que se declaran de urgente ocupación por la Excma. Diputación Foral de Guipuzcoa, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos necesarios para la realización del Proyecto «Estación de Aforos en la Presa de Arriaran».

Por Orden Foral del Diputado de Obras Públicas y Transportes de la

Excma. Diputación Foral de Guipúzcoa, de fecha 11 de Mayo de 1989, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos necesarios para la realización del Proyecto «Estación de aforos en la presa de

Arriarán», acordándose posteriormente solicitar ante el Gobierno

Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el articulo cincuenta y dos de la Ley de Expropiación Forzosa y

Disposición Transitoria Séptima del Estatuto de Autonomía.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública presentándose un escrito de alegaciones que fue estimado parcialmente.

El Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, informó favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.

Se estima inaplazable la ocupación a fin de controlar el caudal de dilución que será preciso verter al río Estanda desde el embalse

Arriarán, controlando debidamente el caudal actual de dicho río.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y

Desarrollo Autonómico y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 3 de Abril de 1990,

DISPONGO:

Artículo único De conformidad con el articulo cincuenta y dos de la

Ley de Expropiación Forzosa se declaran de urgente ocupación por la

Excma. Diputación Foral de Guipúzcoa, los bienes y derechos concretados e individualizados en la...

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