ORDEN FAM/951/2007, de 18 de mayo, por la que se aprueba un sistema de evaluación de riesgos en actividades juveniles de tiempo libre en Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

ORDEN FAM/951/2007, de 18 de mayo, por la que se aprueba un sistema de evaluación de riesgos en actividades juveniles de tiempo libre en Castilla y León.

La prevención de accidentes en las actividades juveniles de tiempo libre constituye un importante reto para la Administración Autonómica que tiene encomendada la regulación de estas actividades. Mediante la propia Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León, se establece la necesidad de velar por la seguridad de los participantes en las actividades juveniles de tiempo libre, lo que constituye una condición básica e indispensable para las mismas. Generalmente este ámbito preventivo ha sido ignorado con frecuencia en las distintas normativas autonómicas, debido seguramente a la complejidad de su formación y puesta en práctica. Resulta importante destacar la novedad y relevancia de esta norma que ha tomado como referencia un procedimiento utilizado en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, habiendo sido consultada así mismo con distintos colectivos con experiencia en la materia.

Por su parte, el desarrollo normativo en esta materia encuentra su justificación en el Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil en Castilla y León, que dispone en el artículo 39 apartado 3 que la clasificación del riesgo se llevará a cabo por monitores o coordinadores de nivel mediante un sistema de evaluación aprobado mediante resolución de la Consejería competente en materia de juventud, y en la Orden FAM/657/2005, de 4 de mayo, por la que se desarrolla el Título III, 'De las actividades juveniles de tiempo libre', del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil en Castilla y León, que determina que la solicitud de autorización administrativa deberá ir acompañada, entre otros documentos, de un resumen relativo a la evaluación de riesgos realizada y firmada por monitores o coordinadores de nivel.

La evaluación de riesgos detallada estará a disposición de la Inspección en materia de juventud, durante el desarrollo de la actividad de tiempo libre, según recoge el artículo 13 de la Orden FAM/657/2005, de 4 de mayo, por la que se desarrolla el Título III, 'De las actividades juveniles de tiempo libre', del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil en Castilla y León. Por todo ello la presente regulación constituye una herramienta básica para el trabajo de estos titulados.

En su virtud, y de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO Artículo Único. Aprobación del sistema de evaluación de riesgos.

Se aprueba un sistema de evaluación de riesgos en actividades juveniles de tiempo libre en Castilla y León, cuyo texto se inserta como Anexo a la presente Orden.

DISPOSICIONES ADICIONALES Primera El órgano u organismo competente en materia de juventud facilitará a los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR