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Escrito evacuando el traslado referente a fijación de la cuantía
Autor | Alberto Palomar/Javier Vázquez Garranzo |
Cargo del Autor | Profesor Titular de Derecho Administrativo (a) y Magistrado (ev)- Letrado de la Administración de la Seguridad Social. Abogado de la CAIB |
Actualizado a | Marzo 2011 |
Procedimiento .... nº ....
AL JUZGADO (AL JUZGADO CENTRAL) DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO/ A LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
(según corresponda).
Don... Procurador de los Tribunales, en nombre y representación que tengo acreditada de D./Dª...., ante el Juzgado/la Sala, en el procedimiento ...... comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que con fecha ... me ha sido notificada la providencia dictada por este Juzgado/Sala por la que se me concede el plazo de tres días para alegar lo que estime conveniente sobre la cuantía de este recurso.
Que dentro del plazo concedido evacuo el traslado haciendo las siguientes:
ALEGACIONES
ÚNICA.- El presente recurso se sigue contra ....... de... y teniendo en cuenta que ..... entendemos que la cuantía del mismo es ..... (indeterminada; etc.).
Es por lo expuesto que,
AL JUZGADO/LA SALA SUPLICO: Tenga por presentado este escrito, con sus copias, y por evacuado el traslado conferido, y previos los trámites procesales que correspondan, acuerde fijar la cuantía del presente procedimiento en .....
Es justo en ...... (Lugar y fecha).
Firma y número de colegiado de Abogado y Procurador.
COMENTARIO
La LJCA 29/1998 dedica los artículos 40 y ss. a la fijación de la cuantía, señalando:
Artículo 40. Competencia para fijar la cuantía.
-
El órgano jurisdiccional fijará la cuantía del recurso contencioso-administrativo una vez formulados los escritos de demanda y contestación, en los que las partes podrán exponer, por medio de otrosí, su parecer al respecto.
-
Cuando así no se hiciere el Juzgado o Tribunal requerirá al demandante para que fije la cuantía, concediéndole al efecto un plazo no superior a diez días, transcurrido el cual sin haberlo realizado se estará a la que fije el órgano jurisdiccional, previa audiencia del demandado.
-
Cuando el demandado no estuviere de acuerdo con la cuantía fijada por el demandante lo expondrá por escrito dentro del término de diez días, tramitándose el incidente con arreglo a lo dispuesto para estos casos en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
-
Contra el auto de fijación de cuantía no cabrá recurso alguno, pero la parte perjudicada podrá fundar el de queja en su indebida determinación, si no se tuviere por preparado el recurso de casación o no se admitiera el recurso de casación para la unificación de doctrina o el de apelación.
Artículo 41. Criterios.
-
La cuantía del recurso contencioso-administrativo vendrá determinada por el valor económico de la pretensión...
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