DECRETO 43/2004, de 20 de abril, de Estructura Orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura y por el que se modifican los Decretos 84/2003, de 15 de julio y 136/2003, de 29 de julio.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Presidencia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 43/2004, de 20 de abril, de Estructura Orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura y por el que se modifican los Decretos 84/2003, de 15 de julio y 136/2003, de 29 de julio.

La Presidencia de la Junta de Extremadura se integra por el conjunto de órganos de apoyo directo al Presidente de la Junta de Extremadura en el ejercicio de sus funciones, como institución de poder de la Comunidad Autónoma, como representante ordinario del Estado en la Comunidad y como órgano de gobierno y administración.

La Estructura Orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura ha sido regulada sucesivamente por los Decretos 77/1983, de 2 de diciembre; 53/1984, de 29 de junio; 2/1989, de 17 de enero; 74/1989, de 25 de julio; 38/1993, de 27 de abril, 75/1995, de 31 de julio y 144/1996, de 15 de octubre y Decreto 88/1999, de 29 de julio y 135/2003, de 29 de julio,

adaptándose a la propia estructura de la Junta de Extremadura en cada momento.

En el marco de lo establecido por la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de la renovación de las estructuras gubernamentales establecidas por Decretos del Presidente 15/2003, de 27 de junio, 26/2003, de 30 de junio, 2/2004, 5/2004 y 6/2004, de 16 de abril, en los que se crea la figura del Vicepresidente, se nombra Portavoz de la Junta de Extremadura con rango de Consejera y se les asignan funciones, corresponde adaptar la actual Estructura Orgánica de la Presidencia de la Junta a ese nuevo esquema organizativo.

Esta nueva estructura y, en particular, la creación de la Vicepresidencia, impone, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 29 de la citada Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma, la modificación del Decreto 84/2003, de 15 de julio, que regula la Comisión de Secretarios Generales, para hacer efectiva la asunción de la presidencia de dicho órgano deliberante por parte de su titular.

Por otra parte, de acuerdocon los citados Decretos del Presidente y tal como ya se estableció en el Decreto 135/2003, de 29 de julio, se mantiene la estructura del Gabinete de Iniciativa Joven, que reciba, valore e impulse las iniciativas y proyectos que, en el marco de las competencias de la Junta de Extremadura, sean presentados.

Asimismo, la actividad institucional y política en el exterior está encuadrada en la Presidencia desde 1993, con la voluntad, similar a la de otras Comunidades Autónomas, de que se perciba como una de las funciones de representación política más trascendentes de entre las muchas atribuidas a la Presidencia de la Junta y de la Comunidad.

En su virtud, a iniciativa de la Presidencia de la Junta de Extremadura y a propuesta de la Consejería de Presidencia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 20 de abril de 2004, D I S P O N G O :

Artículo 1

La Presidencia de la Junta Extremadura está constituida por el conjunto de órganos de apoyo directo al Presidente de la Junta, concebido éste como una de las instituciones de ejercicio de los poderes de la comunidad en los términos del artículo 18 del Estatuto de Autonomía y con las facultades establecidas en los Capítulos II y III del Título II de dicha norma, desarrollada a su vez por los Títulos II y III de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 2

La Presidencia de la Junta de Extremadura está integrada por el Presidente y el siguiente conjunto de órganos:

  1. Vicepresidencia.

  2. Consejera Portavoz.

  3. Secretaría General.

  4. Secretaría del Presidente.

  5. Gabinete del Presidente.

  6. Secretaría de Relaciones con la Asamblea.

  7. Dirección General de Comunicación.

  8. Gabinete de Iniciativa Joven.

Artículo 3
  1. Al Vicepresidente de la Junta de Extremadura le corresponden las funciones de sustitución del Presidente previstas en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  2. Además de las citadas funciones de sustitución del Presidente corresponde al...

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