Decreto 227/2012, de 26 de diciembre, de primera modificación del Decreto 71/2012, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia. [Cód. 2012-23648]

SecciónDisposiciones Generales
EmisorOtras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

El Decreto 71/2012, de 14 de junio, de estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia, estableció la estructura administrativa necesaria para desarrollar las funciones atribuidas a esta Consejería por el Decreto 4/2012, de 26 de mayo, del Presidente del Principado, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma.

No obstante, la necesidad de adecuar las estructuras administrativas a los objetivos y cambios generados por la acción del Gobierno motiva que por Decreto 23/2012, de 3 de diciembre del Presidente del Principado de Asturias, se proceda a modificar el citado Decreto 4/2012, de 26 de mayo, del Presidente del Principado de Asturias de reestructuración de las Consejerías, de forma que la competencia en materia de asuntos europeos que dicho decreto había atribuido a la Consejería de Economía y Empleo pase a ser asumida por la Consejería de Presidencia.

El ejercicio efectivo de esta nueva competencia por la Consejería de Presidencia, aconseja también la modificación del Decreto 71/2012, de 14 de junio, por el que se establece su estructura orgánica básica en lo relativo a asunción de las funciones en materia de asuntos europeos asignadas.

Asimismo, con dicha modificación se da cumplimiento a la Disposición final primera del referido Decreto 23/2012, de 3 de diciembre, del Presidente del Principado de Asturias, de primera modificación del Decreto 4/2012, de 26 de mayo, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las consejerías, que dispone que los titulares de las Consejerías afectadas por dicha reestructuración someterán al Consejo de Gobierno el correspondiente proyecto de decreto regulador de la estructura orgánica básica de su departamento adaptado a las modificaciones impuestas por el mismo.

Por lo anteriormente expuesto, conforme a lo dispuesto en el artículo 38, letras d) y h) de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, se considera necesario modificar la estructura orgánica básica de dicha Consejería adaptándola al desarrollo de las nuevas competencias asumidas en materia de asuntos europeos.

En su virtud, a propuesta del Consejero...

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