DECRETO FORAL 112/2005, de 12 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Decreto foral |
DECRETO FORAL 112/2005, de 12 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública.
El Decreto Foral 323/1991, de 30 de septiembre, por el que se estableció la estructura orgánica del entonces denominado Departamento de Presidencia, dispuso la creación del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, cuya finalidad esencial era la planificación, coordinación y gestión de la formación del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, sin perjuicio del ejercicio de otras funciones relacionadas con la modernización de esas Administraciones y la gestión de los recursos humanos.
En la actualidad el Instituto Navarro de Administración Pública se rige por los estatutos aprobados por el Decreto Foral 267/2003, de 28 de julio, modificado por el Decreto foral 225/2004, de 7 de junio.
La aprobación de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, ha supuesto una profunda modificación en la organización de la Administración de la Comunidad Foral. Su Título VIII regula, de forma exhaustiva y novedosa, los organismos públicos y otros entes dependientes de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
La disposición transitoria tercera de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, demanda la adaptación de los organismos públicos a sus previsiones, en el plazo máximo de un año, a partir de su entrada en vigor. Esta adaptación hace necesaria la elaboración y aprobación de unos nuevos estatutos en los que se describan tanto sus funciones, como su estructura orgánica, con arreglo as lo dispuesto en los artículos 98 a 116 de la menciona da Ley Foral.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia Justicia e Interior y de conformidad con la decisión adoptada en sesión celebrada el día doce de septiembre de dos mil cinco,
DECRETO:
Se aprueban los Estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública, cuyo texto íntegro se inserta a continuación de este Decreto Foral.
Normas que se derogan
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Decreto Foral y, en particular las siguientes:
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El Decreto Foral 267/2003, de 28 de julio, por el se aprueban los Estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública.
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El Decreto Foral 225/2004, de 7 de junio, por el que se modifican los Estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública.
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La disposición adicional sexta del Decreto Foral 38/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.
Se autoriza al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y la ejecución de este Decreto Foral.
Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Pamplona, 12 de septiembre de 2005._El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma._El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Javier Caballero Martínez.
ESTATUTOS DEL ORGANISMO AUTONOMO INSTITUTO NAVARRO DE ADMINISTRACION PUBLICA
Naturaleza y fines
El Instituto Navarro de Administración Pública, es un organismo autónomo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
El Instituto Navarro de Administración Pública, en cumplimiento de sus fines, está sometido a las directrices de planificación y política global emanadas del Gobierno de Navarra y del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, al que queda adscrito, quien ejercerá sobre él las facultades de control y tutela que le atribuyen los Estatutos, la legislación foral y el ordenamiento jurídico administrativo.
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El Instituto Navarro de Administración Pública se configura como organismo técnico superior de las Administraciones Públicas de Navarra para el desarrollo de las siguientes competencias:
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La realización de labores de investigación, estudio y asesoramiento en materia de organización de la Administración, mejora y modernización de los procedimientos y actuaciones administrativas, e introducción de nuevos instrumentos de gestión y evaluación de los recursos humanos.
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La asunción de la responsabilidad máxima sobre la formación, reciclaje y perfeccionamiento de los empleados de las Administraciones Públicas de Navarra.
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La realización de actividades complementarias de las anteriores que redunden en la mejora del sector público de Navarra.
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Para el desarrollo de las competencias atribuidas en el número anterior, el Instituto Navarro de Administración Pública ejercerá las siguientes funciones:
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Realizar estudios y publicaciones sobre aspectos que interesen, en general, a las Administraciones Públicas de Navarra y en materia de organización administrativa.
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Promover investigaciones y estudios sobre mejora y modernización de los procedimientos administrativos, y sobre la orientación de los mismos hacia la prestación de servicios al ciudadano; así como colaborar en dicha materia con la Dirección General para la Sociedad de la Información.
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Actuar como órgano técnico de apoyo y colaborar con la Dirección General de Función Pública en el diseño e implantación de las políticas de recursos humanos desarrolladas para el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
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Fijar y desarrollar, en coordinación con la Dirección General de Función Pública, las políticas generales de formación relativas a los empleados al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
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Organizar, planificar y realizar los cursos de formación subsiguientes a las pruebas selectivas.
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Organizar, planificar y realizar cursos teóricos y prácticos, seminarios, y cualquier otra actividad encaminada a la formación, reciclaje y perfeccionamiento de los empleados públicos.
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Colaborar con otras unidades administrativas en la preparación de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra con vistas a su promoción profesional y personal.
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Estudiar, en coordinación con las unidades administrativas, las condiciones y aptitudes exigibles y los métodos de selección más adecuados para el acceso a los distintos puestos de trabajo de las Administraciones Públicas de Navarra.
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Intervenir, en su caso, en los procesos de selección de personal para su ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra.
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Emitir, en su caso, informes de adecuación al puesto de trabajo de los candidatos que aspiren al ingreso o a la provisión de puestos de nivel superior o equivalente, y evaluar su desempeño cuando los vengan ocupando en aplicación de procedimientos de promoción en los que se haya previsto esta evaluación.
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Intervenir mediante programas concretos encaminados a modificar comportamientos colectivos o individuales que distorsionen la marcha de la organización de las Administraciones Públicas de Navarra en el desarrollo de sus funciones.
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Expedir diplomas y certificados de asistencia y aprovechamiento relativos a las actividades de formación.
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Emitir informes y certificaciones de aptitud psíquica en aquellos casos que demanden las Administraciones Públicas de Navarra.
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Establecer intercambios de colaboración con otros organismos con funciones similares en el ámbito local, autonómico, estatal o en el extranjero y, en especial, con las universidades de Navarra.
ñ) Diseñar, programar y ejecutar las actividades formativas de apoyo lingüístico de vascuence e idiomas de trabajo de la Unión Europea, para cubrir las necesidades de las unidades administrativas.
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Planificar y realizar los cursos de perfeccionamiento de los empleados de las Administraciones Públicas, en vascuence e idiomas de trabajo de la Unión Europea.
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Realizar cuantas actividades no enumeradas en los párrafos anteriores contribuyan al cumplimiento de los fines del Instituto Navarro de Administración Pública.
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Estructura orgánica
Organos directivos y de participación
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Son órganos directivos del Instituto Navarro de Administración Pública:
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El Consejo de Gobierno.
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El Director Gerente.
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Es órgano de participación la Comisión de Formación del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
Consejo de Gobierno
El Consejo de Gobierno estará integrado por los siguientes miembros:
Presidente: El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.
Vicepresidente: El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública.
Vocales:
_El Director General de Presidencia.
_El Director General de Función Pública.
_El Director General de Interior.
_El Director General de Justicia.
_El Director General de la Sociedad de la Información.
_El Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales.
_El Director General de Administración Local.
_El Director del Servicio de Formación y Psicología.
_El Director del Servicio de Modernización y Estudios de las Administraciones Públicas de Navarra.
_El Director del Servicio de Escuela de Seguridad de Navarra.
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