DECRETO 304/2006, de 18 de julio, sobre el estándar y la mejora en la eficiencia en el uso del agua, a efectos de la determinación del canon del agua.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

304/2006, de 18 de julio, sobre el estándar y la mejora en la eficiencia en el uso del agua, a efectos de la determinación del canon del agua.

El canon del agua, impuesto con finalidad ambiental vinculado a la recuperación de los costes de los servicios del ciclo del agua en Cataluña, ha sido objeto, en los últimos tiempos, de sucesivas reformas, encaminadas a implementar una nueva política hídrica, basada, entre otros aspectos, en el fomento de los usos sostenibles del recurso, tanto en lo que concierne a su consumo como en cuanto a la contaminación que se deriva, y en la modificación de las conductas representativas de un uso no sostenible del recurso.

En este marco de modificación progresiva es preciso entender los cambios producidos en ciertos aspectos del canon, vinculados a la utilización del agua por parte de determinados consumidores industriales, y, en particular, relacionados con el tipo de gravamen general del canon del agua que les es de aplicación.

Este Decreto es resultado de los compromisos adquiridos en la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, y en la Ley 21/2005, de 29 de diciembre, y del trabajo de colaboración entre los diferentes sectores afectados por la medida.

Así, la Ley 12/2004, de medidas financieras, incorporó una nueva disposición adicional, la novena, en el Decreto legislativo 3/2003, mediante la cual se introduce el compromiso del Gobierno de fijar los estándares de uso del agua para cada sector de producción y actividades industriales, a través de los procedimientos de concertación sectorial pertinentes, con el objetivo de hacer una aplicación adecuada al uso eficiente del agua de los coeficientes sobre el tipo de gravamen general fijados en el mencionado Decreto legislativo. Sin embargo, el establecimiento de nuevos coeficientes requiere del instrumento legislativo adecuado, respetando el principio de reserva de ley que la vigente normativa impone en relación con el establecimiento o modificación de los elementos directamente determinantes de un tributo.

El objetivo de esta medida es iniciar una vía que permita minorar las posibles afecciones a la competitividad de las industrias, derivadas de la aplicación de la nueva fiscalidad vinculada al ciclo integral del agua, y fomentar, en la medida de lo posible, la implantación de nuevas tecnologías o mejoras de proceso que permitan a un establecimiento industrial exceder por encima de lo que es un uso racional y eficiente del agua.

Por otra parte, con el mismo espíritu, la Ley 21/2005, de 29 de diciembre, de medidas financieras, ha introducido una nueva disposición adicional, la undécima, en el Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, en la que se establece que en los usos industriales de agua correspondientes a actividades incluidas en la división 05.02 de la sección B y en las secciones C, D y E de la CCAE-93, con aplicación individualizada del canon del agua, el tipo de gravamen general se afecta de un coeficiente 0,95 para los sujetos pasivos que acrediten para cada establecimiento un mejoramiento de la eficiencia en el uso del agua, determinada según un sistema cuantitativo, tomando como referencia el estándar de uso, o si bien acrediten la eficiencia o su mejoramiento según un sistema cualitativo basado en la obtención de un sistema de gestión ambiental basado en las normas de la Organización Internacional para la Estandarización (ISO 14001) o en el reglamento europeo de ecogestión y ecoauditoría (sistema EMAS).

A la vez, la misma disposición adicional se remite a un decreto para fijar la metodología para la determinación del estándar, el sistema cualitativo de determinación de la eficiencia en el uso del agua y los plazos, el sistema y los efectos de su declaración. En este contexto, y para avanzar en la línea marcada, se ha optado por, inicialmente, tratar de determinar un estándar de uso por sectores de actividad. En el proceso de elaboración del mismo se ha puesto de manifiesto la variada casuística de los establecimientos que, genéricamente, forman parte de un sector de producción y actividad industrial, por lo que se ha considerado...

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