ORDEN DE 29 DE DICIEMBRE DE 1994 sobre Establecimiento de Precios publicos por prestacion de Servicios y Realizacion de actividades de la Direccion general de Comercio exterior.

MarginalBOE-A-1995-684
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyOrden

La progresiva liberalización del comercio internacional y la creciente competitividad que ello conlleva ha motivado que los aspectos relativos a la calidad de los productos y a la promoción de la calidad pasen a ocupar un papel determinante como instrumentos de penetración de los mercados.

Una de las vías de fomento de la calidad de los productos que mayor interés ha despertado en el ámbito del comercio exterior, es la promoción de productos de calidad acreditada o contrastada.

En el comercio internacional es cada vez mayor el número de empresas que basan la promoción de sus productos en el hecho de haberlos sometido, de forma voluntaria, al control de conformidad de una entidad independiente y de prestigio que acredite la calidad comercial de los mismos.

En esta línea, diferentes empresas y asociaciones han solicitado de la Dirección General de Comercio Exterior, que los Centros de Inspección de Comercio Exterior (SOIVRE) de ella dependientes, les presten un servicio de certificación voluntaria de la conformidad de sus productos.

Asimismo, se impulsarán los convenios de colaboración con entidades que tengan como finalidad el fomento de la calidad.

La Dirección General de Comercio Exterior, en el marco de las competencias que tiene atribuidas en materia de asistencia técnica a empresas y sectores por el Real Decreto 222/1987, de 20 de febrero, ha decidido atender las solicitudes planteadas y, al tiempo, establecer precios públicos como contraprestación por la prestación de unos servicios y el desarrollo de una actividad que tienen para los interesados, en todo caso, carácter voluntario.

De acuerdo con lo expuesto y al amparo de lo previsto en el artículo 26.1, a), de la Ley 8/1998, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, dispongo:

Artículo 1

Se establecen precios públicos por la expedición de certificados de conformidad y boletines de análisis, así como por la constatación de estándares de calidad preestablecidos en Convenios de Colaboración que se formalicen en la ejecución de la presente Orden, por los Centros de Inspección de Comercio Exterior (SOIVRE), dependientes de la Dirección General de Comercio Exterior.

Artículo 2
  1. Los precios públicos establecidos en la presente disposición serán exigibles desde que se inicie la prestación de los servicios correspondientes.

  2. La obtención, por el interesado, del documento acreditativo de la prestación de un determinado servicio quedará subordinada a la entrega al correspondiente órgano gestor del justificante del pago del precio público que resulte aplicable.

Artículo 3
  1. Sin...

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