DECRETO 144/2009, de 17 de noviembre, por el que se regula el régimen específico de concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos en la Comunidad Autónoma de Canarias, como adhesión al Plan del Estado denominado 'Plan 2000 E'.

Fecha de Entrada en Vigor21 de Noviembre de 2009
SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Empleo, Industria y Comercio
Rango de LeyDecreto

Mediante el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos (B.O.E. nº 125, de 23.5.09), se ha puesto en marcha el Plan 2000 E, de apoyo a la renovación del parque de vehículos, iniciativa que reafirma el compromiso del Gobierno con el sector de la automoción y en particular con las políticas de fomento de la demanda de automóviles, que hasta ahora se venían prestando mediante el Plan VIVE (Vehículo Innovador-Vehículo Ecológico).

Los objetivos del Plan 2000 E son incentivar la renovación del parque automovilístico, mantener el empleo en el sector de automoción, especialmente en los concesionarios, aunar los criterios de apoyo al sector entre las diferentes Comunidades Autónomas y estimular la sustitución de vehículos antiguos por otros menos contaminantes, estimándose que esta renovación del parque automovilístico equivale a un ahorro equivalente anual de 161.000 toneladas de CO2.

El Gobierno de Canarias comparte con el Gobierno de España el objetivo de estimular la demanda de vehículos como medio de dinamizar el sector y el empleo asociado al mismo, coadyuvando al mismo tiempo a la mejora de la seguridad vial y del medio ambiente, y considera que las ayudas del Plan 2000 E suponen una medida acertada para la consecución de dicho objetivo, por lo que se ha estimado la adhesión al mismo.

De acuerdo con el origen de la presente convocatoria, fundamentada en una acción del Gobierno del Estado a la cual se adhiere el Gobierno de Canarias, la presente actuación no está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio para el año 2009, aprobado por Orden del Consejero de Empleo, Industria y Comercio nº 44/2009, de 3 de febrero de 2009.

Por ello, el Gobierno de Canarias, en su reunión celebrada el día 22 de septiembre de 2009, acordó aplicar a los gastos derivados de las ayudas para la adquisición de vehículos automóviles un total de 2 millones de euros de las cantidades a percibir este año con cargo al nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de Régimen Común y Ciudades con Estatuto de Autonomía.

En virtud de lo expuesto, a iniciativa de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Empleo, Industria y Comercio y a propuesta del Presidente, previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 17 de noviembre de 2009,

D I S P O N G O:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. El objeto del presente Decreto es establecer el régimen de concesión directa de ayudas por parte de la Comunidad Autónoma de Canarias para la adquisición de vehículos de la categoría M1 (vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros) y de la categoría N1 (vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías).

  2. Las ayudas contempladas en el presente Decreto constituyen un complemento a las establecidas por el Estado en el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos, Plan 2000 E, de apoyo a la renovación del parque de vehículos, de conformidad con lo que establece el artículo 10 del citado Real Decreto, materializando con ello la adhesión de esta Comunidad a dicho Plan.

  3. Las ayudas a que se refiere este Decreto se concederán a las adquisiciones de vehículos que se realicen desde el 18 de mayo de 2009 hasta el 18 de mayo de 2010, o hasta agotar la dotación presupuestaria correspondiente.

Artículo 2 Adquisiciones subvencionables.
  1. Será objeto de subvención la adquisición de vehículos nuevos o de segunda mano de hasta 5 años de antigüedad de la categoría M1 o de la categoría N1, matriculados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, que reúnan las siguientes características:

    1. Vehículos de turismo categoría M1:

      - emisiones de CO2 no superiores a 120 gr/km, o

      - emisiones de CO2 no superiores a 149 gr/km y que además incorporen sistemas de control electrónico de estabilidad y detectores presenciales en plazas delanteras, o

      - emisiones de CO2 no superiores a 149 gr/km y que además incorporen un catalizador de tres vías para vehículos de gasolina o dispositivos EGR de recirculación de gases de escape para vehículo diesel.

    2. Vehículos de transporte de categoría N1 con emisiones de CO2 no superiores a 160 gr/km.

  2. Para la concesión de las ayudas será requisito necesario que el beneficiario dé de baja definitiva, mediante certificado de achatarramiento por parte del centro autorizado, un vehículo de categoría M1 o N1...

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