RESOLUCIÓN INT/430/2005, de 21 de febrero, por la que se modifica la Resolución INT/175/2005, de 1 de febrero, de convocatoria de concurso específico de méritos i capacidades para la provisión de dos puestos singulares de la Escuela de Policía de Cataluña (convocatoria de provisión núm. IT/003/05).

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

INT/430/2005, de 21 de febrero, por la que se modifica la Resolución INT/175/2005, de 1 de febrero, de convocatoria de concurso específico de méritos i capacidades para la provisión de dos puestos singulares de la Escuela de Policía de Cataluña (convocatoria de provisión núm. IT/003/05).

Visto que se ha detectado un error en la Resolución INT/175/2005, de 1 de febrero, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de dos puestos singulares de la Escuela de Policía de Cataluña (convocatoria de provisión núm. IT/003/05);

De conformidad con el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero;

En uso de las atribuciones que me otorga el artículo 1 de la Resolución INT/2028/2004, de 12 de julio, de delegación de funciones de la consejera de Interior en diferentes órganos del Departamento,

Resuelvo:

Artículo 1

Modificar el último apartado de la base 6.5 del anexo 1 de la Resolución INT/175/2005, de 1 de febrero, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de dos puestos singulares de la Escuela de Policía de Cataluña (convocatoria de provisión núm. IT/003/05), de la siguiente forma:

Donde dice:

"Los candidatos al puesto de trabajo de técnico/a en Investigación Pedagógica y Social, deberán elaborar una memoria, que versará sobre el contenido funcional del puesto a proveer de acuerdo con la información que consta en la relación de puestos de trabajo y en el manual de organización, teniendo en cuenta, especialmente, lo que consta en el apartado de conocimientos del punto 5 del anexo 2. La memoria ha de constar de dos partes, una consistente en un análisis de las funciones del puesto convocado y otra en un estudio o proyecto de mejora organizativa o funcional, especialmente en relación al análisis de costes de las actividades formativas y de servicios de la entidad. Este documento ha de tener una extensión mínima de 25 páginas y máxima de 40 páginas DIN A4, a doble espacio, y se ha de presentar al presidente de la Junta de Méritos y Capacidades, en el plazo máximo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, los candidatos expondrán la memoria ante la Junta de Méritos y...

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