Bases específicas de la convocatoria del Concurso Oposición para Proveer una plaza de Inspector de la Policía Local, por el Sistema de Promoción Interna y Externa

SecciónSegunda. Oposiciones y concursos
EmisorAYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR

Se convoca concurso oposición para proveer, como funcionario de carrera, una plaza de Inspector de la plantilla de policías locales de este Ayuntamiento.

Objeto

El objeto de esta convocatoria es proveer como funcionario de carrera una (1) plaza de Inspector de la Policía Local a través del sistema de concurso oposición por promoción interna / externa.

Escala: Administración Especial, subescala de servicios especiales, clase policía local, categoría de inspector.

Grupo: A, subgrupo A2.

A la presente convocatoria resultan de aplicación las bases generales para la provisión de plazas de régimen funcionarial y laboral del ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar publicadas en BOIB n º 35 de 21-03-2002, en todo aquello que no contradiga a la normativa vigente ni estas bases.

En la presente convocatoria no se llevará a cabo la prueba de conocimientos de catalán a la que se refiere la base séptima de las bases generales.

Requisitos

Los aspirantes deben cumplir los siguientes requisitos referidos a la fecha de finalización del plazo de admisión de instancias:

  1. En caso de que se acceda por el sistema de promoción interna, tener la condición de personal funcionario de carrera en el cuerpo de la Policía Local de Sant Llorenç des Cardassar con la categoría de subinspector. En caso de que se acceda por el sistema de promoción externa, ser funcionario de carrera en un cuerpo de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, con la categoría de subinspector de la Policía Local, y que falten más de cinco años por acceder a la situación de segunda actividad con destino por razón de edad.

  2. Haber estado como mínimo dos años en situación de servicio activo en la escala de procedencia, como funcionario de carrera en la categoría de subinspector.

  3. Estar en posesión del título de diplomado o equivalente.

  4. Estar en posesión del Curso de aptitud para la categoría de inspector expedido por el IBSP, o el EBAP, y en plena validez.

  5. Además de los permisos de conducir de la clase A y B, tener el permiso de conducir del BTP.

  6. Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes. Este requisito se acreditará mediante la presentación de un certificado médico, una vez superado el proceso selectivo.

  7. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o las escaleras de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que llevaba a cabo en el caso del personal laboral, en que haya sido separado o inhabilitado.

  8. Acreditar el conocimiento de la lengua catalana nivel B2 antes B mediante un certificado expedido por la EBAP a partir de 1994, los expedidos u homologados por la Dirección General de Política Lingüística, los expedidos por la Escuela Oficial de Idiomas, así como los certificados reconocidos, de acuerdo con el orden de la consejera de Educación y Cultura, de 4 de septiembre, por la que se determinan las equivalencias entre los certificados de conocimientos de catalán que expide la Dirección General de Política Lingüística y los estudios de lengua catalana de las escuelas oficiales de idiomas (BOIB núm. 133, de 12 de septiembre de 2009); de acuerdo con el Decreto 80/2004, de 10 de septiembre, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán (BOIB núm. 132, de 21-09-2004) que garantice los conocimientos de catalán exigidos. Este documento acreditativo, original o fotocopia compulsada, se deberá presentar dentro del plazo de admisión de solicitudes al proceso selectivo, sin que se pueda presentar en ningún otro momento.

    Procedimiento de selección

    Concurso oposición por promoción interna / externa.

    Tribunal

    El tribunal calificador estará constituido de la siguiente manera:

    Presidente: titular y suplente designados por la Corporación.

    Vocales:

    Dos vocales de la Consejería competente en materia de policías locales.

    Dos vocales designados por la Corporación de entre funcionarios en servicio activo que cumplan los requisitos exigidos en la normativa vigente.

    El tribunal actuará asistido por un secretario, que será designado por la Corporación.

    El tribunal podrá disponer la incorporación a sus tareas de asesores o especialistas, para todas o algunas de las pruebas.

    Los vocales deberán estar en posesión...

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