DECRETO 690/1991, de 17 de diciembre, por el que se regulan las especificaciones técnicas y la utilización de los elementos gráficos de identidad visual del Gobierno Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorLehendakaritza
Rango de LeyDecreto

DECRETO 690/1991, de 17 de diciembre, por el que se regulan las especificaciones técnicas y la utilización de los elementos gráficos de identidad visual del Gobierno Vasco.

En la sociedad actual cada vez están cobrando más importancia los sistemas de comunicación e identidad corporativa como medio de facilitar al ciudadano la percepción de los conceptos que se desean transmitir mediante la utilización de signos visuales representativos de los mismos. Esta tendencia de síntesis permite la rápida aprehensión de las ideas en receptores dispares entre sí por su educación, cultura, costumbres e incluso idiomas. En este sentido, el Gobierno Vasco, como institución pública al servicio de los ciudadanos, debe realizar un esfuerzo por proyectar una imagen uniforme que permita reflejar, al amparo de una única identidad visual, las actividades de los diferentes Departamentos y demás organismos dependientes del mismo. De esta forma se logrará no sólo dar una imagen de actuación coordinada en pos de la consecución de unos objetivos generales de progreso y bienestar, sino también rentabilizar más adecuadamente las diferentes actuaciones de comunicación de los

Departamentos, y con ello, mejorar entre los ciudadanos la visualización de la labor del Gobierno en su conjunto, facilitándoles así ejercer su derecho a controlarla, evaluarla y juzgarla. Con este objetivo, el Gobierno Vasco inició el proceso de ejecución de un Programa de Identidad Corporativa para la descripción y el diseño de los signos de identificación básicos del mismo en sus diversas manifestaciones tanto públicas como institucionales, así como las normas de aplicación de dichos signos a todos los soportes de utilización de nuestra identidad ya sean de índole interna (impresos, folletos...etc.) o externa (publicidad, carteles, rótulos...etc.). Una vez concluida la primera fase de dicho programa, mediante el presente Decreto se procede a regular las especificaciones técnicas y la utilización de los elementos básicos determinantes de la identidad...

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