Normas especiales aplicables a los concursos de proyectos (arts. 184 a 188 TRLCSP)

AutorMaría Burzaco Samper
Cargo del AutorUniversidad Pontificia Comillas, ICADE
Páginas144-145
144
NORMAS ESPECIALES APLICABLES A LOS CONCURSOS DE PROYECTOS
CONCEPTO
Concursos de proyectos = Los procedimientos encaminados a la obtención de planos o proyectos, principalmente en los
campos de la arquitectura, el urbanismo, la ingeniería y el
procesamiento de datos, a través de una selección que, tras la
correspondiente licitación, se encomienda a un jurado.
TIPOS DE CONCURSOS
A LOS QUE SE APLICAN
a) Concursos de proyectos organizados en el marco de un procedimiento de adjudicación de un contrato
de servicios.
b) Concursos de proyectos con primas de participación o pagos a los participantes.
EXCEPCIÓN
No se aplicarán a los concursos de proyectos que se encuentren en casos equiparables a los previ
stos en los arts. 4
(contratos y negocios excluidos) y 13.2
TRLCSP (excepciones a la consideración de contratos SARA)
CONCURSOS DE PROYECTOS
SARA
Aquellos
cuya cuantía sea igual o superior a los umbrales fijados en el art. 16 TRLCSP en
función del órgano que efectúe la convocatoria.
Cálculo de la cuantía:
́ Tipo a): Valor estimado del contrato de servicios y las eventuales primas de
participación o pagos a los participantes.
́ Tipo b): el importe total de los pagos y primas, e incluyendo el valor estimado del
contrato de servicios que pudiera adjudicarse ulteriormente con arreglo a
l art. 174 d)
, si el órgano de contratación no excluyese esta adjudicación en el anuncio
del concurso.
Las normas
relativas a la organización de un concurso de proyectos se establecerán de conformidad con lo
regulado en
estas normas especiales
y se pondrán a disposición de quienes estén interesados en participar en el
mismo.

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