Resolución de 22 de septiembre de 2014, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, por la que se regula la concesión directa de ayudas a los proyectos con participación española seleccionados en la primera convocatoria del Programa Eurostars-2 (Actuación Interempresas Internacional).

MarginalBOE-A-2014-10163
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

El Programa Eurostars-2 es un programa de investigación y desarrollo emprendido conjuntamente por todos los Estados Miembros de la Unión Europea y cinco países participantes en el marco de Eureka destinado a apoyar a las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que realizan actividades de investigación y desarrollo.

Mediante Decisión n.º 553/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, sobre la participación de la Unión Europea en un programa de investigación y desarrollo, emprendido por varios Estados miembros, destinado a apoyar a las PYME que realizan actividades de investigación y desarrollo, la Unión Europea acordó participar financieramente en el programa conjunto Eurostars-2, al amparo del artículo 185 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

El Programa Eurostars-2 persigue los siguientes objetivos:

1) Promover actividades de investigación que cumplan las siguientes condiciones: a) las actividades se llevan a cabo mediante la colaboración transnacional de PYME que realicen actividades de investigación y desarrollo entre sí o que incluyan a otros agentes de la cadena de la innovación (por ejemplo, universidades, organizaciones de investigación); b) se espera que los resultados de una actividad se introduzcan en el mercado en los dos meses siguientes a su finalización;

2) incrementar la accesibilidad, eficiencia y eficacia de la financiación pública de las PYME en Europa mediante la coordinación, armonización y sincronización de los mecanismos de financiación nacionales de los Estados participantes;

3) fomentar e incrementar la participación de PYME sin experiencia previa en el ámbito de la investigación transnacional.

El Programa Eurostars-2 requiere una estructura de ejecución especializada. La Secretaría de Eureka es la responsable de la organización de las convocatorias de propuestas, de la comprobación de los criterios de admisibilidad, de la evaluación de la revisión por pares, de la selección y supervisión de los proyectos, así como de la asignación de la contribución de la Unión. La evaluación de las propuestas se realiza de forma centralizada por expertos independientes externos bajo la responsabilidad de la Secretaría de Eureka, al término de un procedimiento de convocatorias de propuestas. La lista de clasificación de los proyectos es vinculante para los Estados participantes con respecto a la asignación de fondos procedentes de la contribución financiera de la Unión Europea y de la contribución de los Estados participantes.

La contribución de los Estados participantes consiste, en particular, en la cofinanciación de los proyectos seleccionados en el marco de Eurostars-2 mediante las formas de financiación nacionales correspondientes, principalmente mediante subvenciones.

El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad, es el organismo designado para la ejecución del Programa Eurostars 2 en España. A través de la presente Resolución, se financiará mediante subvención la participación española en los proyectos Eurostars-2 seleccionados por la Secretaría de Eureka, tras ser evaluados de forma favorable por un panel internacional de expertos, y con financiación asegurada en los demás países miembros de los correspondientes consorcios internacionales, así como en España. Se excluyen los proyectos que cuentan en España con financiación alternativa o autofinanciación.

Con fecha 6 de agosto de 2014, la Secretaría de Eureka comunicó a CDTI la lista de proyectos aprobados en la primera convocatoria del Programa Eurostars-2 (Cut off Date de 13 de marzo de 2014).

Por lo tanto, las ayudas reguladas en la presente Resolución se establecen como un derecho del peticionario que reúne las condiciones para su concesión por el mero hecho de cumplir los requisitos y condiciones exigidos en la misma.

La disposición adicional undécima, apartado 3, de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, dispone que las subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica y técnica que sean consecuencia de convocatorias públicas efectuadas por las estructuras creadas por varios Estados miembros en ejecución del programa marco plurianual de la Unión Europea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 182, 185 y 186 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, seguirán el régimen previsto en el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones.

Teniendo en cuenta lo anterior, se resuelve:

Artículo 1 Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto la regulación de la concesión directa de ayudas a los proyectos de investigación y desarrollo Eurostars-2 seleccionados por la Secretaría de Eureka en la primera convocatoria del Programa Eurostars-2 en la que participan entidades españolas.

Artículo 2 Proyectos Eurostars-2 con participación española seleccionados por la Secretaría de Eureka.

Los proyectos de investigación y desarrollo aprobados por la Secretaría de Eureka en la primera convocatoria del Programa Eurostars-2, en la que participan entidades españolas y con financiación garantizada mediante subvención, son los siguientes:

Código de solicitud Eurostars Acrónimo del proyecto
8906 SecondSkin.
8908 SmASHER.
8910 APP.
8929 NUTHIC.
8932 GALENE.
8949 PrEmISES.
8974 TURBO-PET.
9002 SALT.
9009 ASPECT.
9062 APAD.
9066 MODBATEV.
9075 ICECONTROL.
9083 CAMION.
9093 BIOMONT.
9103 PREDMITEFEED.
9113 COMRADE.
9120 COHFTOOL.
9140 3D-DXA Spine.
Artículo 3 Características de las ayudas.
  1. Serán únicamente objeto de ayuda los proyectos Eurostars-2 reseñados en el artículo 2 de esta Resolución.

  2. Las ayudas podrán solicitarse para proyectos con ejecución anual o plurianual, siempre que parte del proyecto o actuación se realice en el año 2014. La duración de los proyectos será de 36 meses como máximo.

  3. Las ayudas a las que se refiere esta Resolución se concederán bajo la modalidad de subvenciones.

Artículo 4 Financiación y régimen de concesión.
  1. La financiación de las ayudas que se concedan al amparo de la presente Resolución se llevará a cabo con cargo a los fondos propios de CDTI.

  2. La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar al amparo de la presente Resolución es de 5.000.000 euros en concepto de subvenciones para proyectos a ejecutar en el periodo 2014-2017.

  3. Estas ayudas se concederán de forma directa, conforme al artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y al artículo 66 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  4. Asimismo, las ayudas que se concedan en el marco de la presente Resolución se ajustarán a lo establecido en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR