STSJ Comunidad Valenciana 238/2006, 17 de Febrero de 2006

PonenteJOSE BELLMONT MORA
ECLIES:TSJCV:2006:864
Número de Recurso1342/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO
Número de Resolución238/2006
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V.

Sala Contencioso Administrativo

Sección Tercera

Asunto nº " Rollo 1342-05 "

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

En la Ciudad de Valencia, a 17 de febrero de dos mil seis.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos.Srs. D. JOSE BELLMONT MORA, Presidente, D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO y Dª. AMPARO PÉREZ NAVARRO, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 238/06

En el recurso de apelación tramitado con el numero de rollo 1.342/2.005, en el que ha sido parte apelante la Administración del Estado, a través del Sr. Abogado del Estado, y parte apelada Dª. Pilar, no personada en esta instancia, siendo Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE BELLMONT MORA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos de recurso contencioso-administrativo seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de los de Valencia con el número 127/2.005 , a instancias de Dª. Pilar, contra la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, con fecha 11 de julio de 2005 recayó Auto , cuya Parte Dispositiva dice: " Suspender la orden de expulsión del territorio nacional de Dª. Pilar hasta tanto recaiga resolución definitiva".

SEGUNDO

Contra dicho auto se interpuso por la representación de la parte demandada, en tiempo y forma, recurso de Apelación que fue admitido, dándose traslado a la contraparte que no formuló oposición.

TERCERO

Elevados los indicados autos a este Tribunal, y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo, se señaló para la votación y fallo el día 7 de febrero de 2.006, en que tuvo lugar.

CUARTO

Se han cumplido en ambas instancias todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso de apelación se impugna el auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia nº 7, de fecha 11 de julio de 2005 , en cuya virtud se acordó, por existir solicitud de autorización de permiso de residencia y de trabajo pendiente de resolver, acceder a la suspensión de la salida obligatoria del territorio nacional de la demandante, y para fundamentar el recurso, se argumenta que no se dan los requisitos necesarios para la "ejecución provisional de la sentencia".

SEGUNDO

El escrito de alegaciones que la parte demandada, hoy apelante, ha presentado ante este Tribunal, carece de un análisis crítico, propiamente dicho, de los razonamientos del auto que apela. Se ha olvidado así que los recursos de apelación deben contener una argumentación dirigida a combatir los razonamientos jurídicos en los que se basa la resolución de instancia.

El Tribunal Supremo, entre otras muchas, afirmó en la sentencia de 11 de marzo de 1999, recordando lo dicho en la de 4 de mayo de 1998 , que: "..., en la fase de apelación se exige un examen crítico de la sentencia, para llegar a demostrar o bien la errónea aplicación de una norma, la incongruencia, la indebida o defectuosa apreciación de la prueba o cualesquiera otras razones que se invoquen...

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