ORDEN TRI/94/2005, de 11 de marzo, por la que se garantiza el servicio esencial de transporte de mercancías peligrosas que presta la empresa Transportes Líquidos y Cisternas Inoxidables (LIQUINOX).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRI/94/2005, de 11 de marzo, por la que se garantiza el servicio esencial de transporte de mercancías peligrosas que presta la empresa Transportes Líquidos y Cisternas Inoxidables (LIQUINOX).

Vista la convocatoria de huelga presentada por el sindicato CCOO para el centro de trabajo de la empresa LIQUINOX de Sant Boi de Llobregat para los días 14, 15 y 16 de marzo de 2005, de las 0 a las 24 horas, y que afecta a la totalidad de los trabajadores de la empresa;

Considerando que la actividad de la empresa es la de transporte de mercancías y suministro de líquidos y materiales que tienen la consideración de tóxicos o peligrosos;

Considerando que el tratamiento de las materias nocivas y peligrosas es objeto de una regulación especial, como es el Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), y también ha de ser objeto de control administrativo para evitar cualquier riesgo con el objeto de garantizar el derecho a la vida, la salud y la seguridad de los ciudadanos, así como el mantenimiento del medio ambiente, de acuerdo con los artículos 15, 17, 43 y 45 de la Constitución;

Considerando que la autoridad gubernativa debe dictar las medidas necesarias para garantizar los servicios esenciales, teniendo en cuenta que esta restricción tiene que ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho de huelga, reconocido en el artículos 28.2 de la Constitución, y valorando, en el presente supuesto, que el pacto al que han llegado las partes es suficiente para garantizar los derechos de los ciudadanos establecidos en la Constitución;

Considerando que, según consta en el acta de 9 de marzo de 2005, las partes en conflicto acordaron que en determinadas situaciones es necesario garantizar el transporte, para evitar riesgos en el depósito de mercancías y líquidos peligrosos y nocivos en origen, ya que si bien en muchos casos el transporte se puede realizar a través de otras empresas, en algún supuesto esto no es factible por la especificidad del funcionamiento, como es el caso del transporte que se presta en 3 cisternas especiales (de tratamiento de resinas especiales) de la empresa SINTHESIA, de Sant Andreu de la Barca, y 1 camión de 10 toneladas (llamado "de trasiego");

Considerando que, dado el tipo de huelga de 3 días consecutivos, de duración entre las 0 y las 24 horas cada día, que la actividad afectada es la de transporte de mercancías...

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