Escrito de solicitud de reapertura de diligencias previas

AutorvLex
Actualizado aJulio 2022




AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO …. DE ………….

Diligencias previas nº ………

Don/Doña ……….. , Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de Don/Doña ……... , según tengo debidamente acreditado en el procedimiento referenciado, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho, DIGO:

Que en las Diligencias Previas arriba referenciadas, se dictó Auto……… en la que se dispone: “el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL por …………………………”.

Que mediante la interposición del presente escrito solicitamos la REAPERTURA DE LAS DILIGENCIAS PREVIAS ……. y la AMPLIACIÓN DE LA DENUNCIA, incluyendo como nuevo/s denunciado/s a D. ………. por incurrir en un presunto delito de ……. en directa vinculación con los perseguidos averiguar en estos Autos, y conforme a los siguientes ANTECEDENTES y FUNDAMENTOS de DERECHO:..Diligencias previas nº……...., y conforme a los siguientes ANTECEDENTES y FUNDAMENTOS de DERECHO:

ANTECEDENTES

PRIMERO.- Las presentes Diligencias Previas fueron incoadas tras la denuncia practicada por mi mandante el día…….………...; continuándose las mismas con sujeción a los hechos que quedan reflejados con precisión en el Auto del día……….…..…, por el que se resuelve el sobreseimiento provisional por……………….

SEGUNDO.-...

TERCERO.-...

CUARTO.-...

[...]

FUNDAMENTOS

PRIMERO.- SOLICITUD REAPERTURA DE LAS PRESENTES DILIGENCIAS PREVIAS.

Hemos de señalar en este sentido cómo los efectos particulares del sobreseimiento provisional se concretan en la suspensión del proceso y el archivo provisional de las actuaciones y en no producir el efecto de cosa juzgada material y, por tanto, si se descubren nuevos elementos fácticos o probatorios que permitan formular acusación, se puede reabrir el proceso.

En las presentes actuaciones el archivo provisional tiene su inmediata causa en………………. [la desatención de ese Juzgado de las más elementales reglas para tramitar las diligencias pedidas por medio de la denuncia y su ampliación, en su día realizadas por esta parte] , como expresamente reconoce el juzgado en el Auto de……………. por el que resuelve el sobreseimiento provisional que perseguimos reabrir.

La STS 75/2014, 11 de Febrero de 2014 [j 1], establece que “el sobreseimiento provisional de unas diligencias penales de instrucción pueden ser objeto de reapertura del procedimiento cuando nuevos datos o elementos, adquiridos con posterioridad lo aconsejen o lo hagan preciso”

Asimismo, de conformidad con la STS 189/2012 de 21 de marzo [j 2], el sobreseimiento provisional tiene...

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