DECRETO 134/2014, de 8 de agosto, del Consell, por el que se autoriza la puesta en funcionamiento y la implantación de enseñanzas universitarias oficiales de grado en la Universidad Europea de Valencia.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto

La Universidad Europea de Valencia ha solicitado autorización para implantar las enseñanzas universitarias oficiales de grado que se relacionan en el anexo del presente decreto.

El Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior fue informado de la propuesta de implantación de las nuevas enseñanzas en la sesión de 18 de julio de 2013.

La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP) han emitido los preceptivos informes.

Los correspondientes planes de estudio han sido verificados por el Consejo de Universidades.

Por ello, de conformidad con los artículos 12.2 y 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el artículo 3.3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y el artículo 37 de la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Coordinación del Sistema Universitario Valenciano, a propuesta de la consellera de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 8 de agosto de 2014,

DECRETO

Artículo 1 Autorización de la puesta en funcionamiento de la Universidad Europea de Valencia

Se autoriza la puesta en funcionamiento de la Universidad Europea de Valencia, con sede en Valencia, con efectos del curso académico 2013/2014, en los términos previstos en la Ley 9/2012, de 4 de diciembre, de la Generalitat, que reconoció esta Universidad como universidad privada.

Artículo 2 Autorización de enseñanzas

Se autoriza a la Universidad Europea de Valencia para la implantación, con efectos del curso 2013/2014, de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de grado cuyas enseñanzas se relacionan en el anexo del presente decreto.

Artículo 3 Inscripción en el registro y sus efectos

La presente autorización se pondrá en conocimiento del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte al efecto de que este eleve al Gobierno la propuesta para...

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