Enmiendas de 2008 al Código Internacional de seguridad para naves de gran velocidad, 2000 (Código NGV 2000), (publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' nº 301 de 17 de diciembre de 2002) adoptadas el 16 de mayo de 2008, mediante Resolución MSC.260(84).

MarginalBOE-A-2009-20885
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
  1. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

20885 Enmiendas de 2008 al Código Internacional de seguridad para naves de gran velocidad, 2000 (Código NGV 2000), (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» nº 301 de 17 de diciembre de 2002) adoptadas el 16 de mayo de 2008, mediante Resolución MSC.260(84).

RESOLUCIÓN MSC.260(84) (adoptada el 16 de mayo de 2008)

ADOPCIÓN DE ENMIENDAS AL CÓDIGO INTERNACIONAL DE SEGURIDAD PARA NAVES DE GRAN VELOCIDAD, 2000 (CÓDIGO NGV 2000)

El Comité de Seguridad Marítima,

Recordando el artículo 28 b) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional, artículo que trata de las funciones del Comité,

Tomando nota de la resolución MSC.97(73), mediante la cual adoptó el Código internacional de seguridad para naves de gran velocidad, 2000 (en adelante denominado «el Código NGV 2000»), que ha adquirido carácter obligatorio en virtud del capítulo X del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS), 1974 (en adelante denominado «el Convenio»),

Tomando nota también del artículo...

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