ENMIENDAS de 2000 al Código Internacional para la aplicación de procedimientos de ensayo de exposición al fuego (código PEF), adoptadas el 5 de diciembre de 2000 mediante Resolución MSC.101(73).

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Julio de 2002
MarginalBOE-A-2002-24432
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores

RESOLUCIÓN MSC.101(73)

(Aprobada el 5 de diciembre de 2000)

Adopción de Enmiendas al Código Internacional para la aplicación de procedimientos de ensayo de exposición al fuego

El Comité de Seguridad Marítima,

Recordando el artículo 28.b) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional, artículo que trata de las funciones del Comité, Recordando también la Resolución MSC.61(67), por la que el Comité adoptó el código internacional para la aplicación de procedimientos de ensayo de exposición al fuego (código PEF), con objeto de someter a prueba los nuevos materiales cuyo uso es cada vez más frecuente en el proyecto y la construcción de buques y embarcaciones dedicados al transporte marítimo internacional, Recordando además la Resolución MSC.36(63), por la que el Comité adoptó el código internacional de seguridad para naves de gran velocidad (código NGV 1994), destinado a las naves de gran velocidad de nuevos tipos y dimensiones cuyo uso se estaba imponiendo en el transporte internacional, Reconociendo que es necesario que el perfeccionamiento continuo de materiales que se utilizan en la construcción de naves de gran velocidad y las mejoras introducidas en las normas de seguridad marítima desde la adopción del código NGV 1994 se reflejen en las disposiciones relativas al proyecto, la construcción y el equipo de las naves de gran velocidad, a fin de mantener la equivalencia de la certificación y la seguridad con los buques tradicionales,

Tomando nota de la Resolución MSC.97(73), por la que el Comité adoptó el código internacional para naves de gran velocidad, 2000 (código NGV 2000), en el que se estipula la aplicación de procedimientos de ensayo de exposición al fuego a los materiales que se utilicen en la construcción de las naves de gran velocidad sujetas a dicho código, de conformidad con el código PEF, Tomando nota también del artículo VIII.b) y de las reglas II-2/3.23 del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS), 1974 (en adelante denominado 'el Convenio'), que tratan del procedimiento para enmendar...

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