Enmienda al Acuerdo internacional administrativo entre la Ministra de Educación y Formación Profesional del Reino de España y el Ministro de Educación Nacional, Juventud y Deporte de la República Francesa relativo a las secciones españolas en Francia y en los centros docentes franceses de enseñanza francesa en el extranjero, firmado en París y Madrid el 15 de marzo de 2021, hecho en Barcelona el 19 de enero de 2023.
Marginal | BOE-A-2023-2831 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación |
ENMIENDA AL ACUERDO INTERNACIONAL ADMINISTRATIVO ENTRE LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL DEL REINO DE ESPAÑA Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN NACIONAL, JUVENTUD Y DEPORTE DE LA REPÚBLICA FRANCESA RELATIVO A LAS SECCIONES ESPAÑOLAS EN FRANCIA Y EN LOS CENTROS DOCENTES FRANCESES DE ENSEÑANZA FRANCESA EN EL EXTRANJERO, FIRMADO EN PARÍS Y MADRID EL 15 DE MARZO DE 2021
La Ministra de Educación y Formación Profesional del Reino de España, por una parte, y
El Ministro de Educación Nacional y Juventud de la República Francesa, por la otra parte, en adelante las «partes»;
En desarrollo de los artículos 4 y 6 del Acuerdo Marco entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Francesa sobre los programas educativos, lingüísticos y culturales en los centros escolares de los dos Estados, hecho en Madrid el 16 de mayo de 2005.
CONSIDERANDO
– El acuerdo administrativo entre la Ministra de Educación y Formación Profesional del Reino de España y el ministro de Educación Nacional, Juventud y Deporte de la República Francesa relativo a las secciones españolas en Francia y en los centros docentes franceses en el extranjero, firmado en París y Madrid el 15 de marzo de 2021;
– El Código de Educación y la normativa francesa relativa a las secciones internacionales y al Baccalauréat français international, en particular el decreto n.° 2021-1054 del 6 de agosto de 2021 que modifica las disposiciones del Código de Educación para el establecimiento de cursos conducentes a la option internationale du baccalauréat intitulée «Baccalauréat français International» y el decreto del 6 de agosto de 2021 relativo a las secciones internacionales del curso de seconde y de los cursos conducentes al Baccalaurat français international (BFI);
– La normativa española relativa a las secciones españolas.
Con el objeto de:
– Promover la diversidad lingüística y la apertura internacional del mayor número de alumnos;
– Poner en valor su modelo educativo y asegurar su mayor visibilidad en un mundo cada vez más competitivo donde la ética y los valores humanistas apoyados por la educación española y francesa deben mantener su lugar, conservando la excelencia que caracteriza a las secciones internacionales en todo el mundo;
– Proponer un nuevo modelo flexible y adaptado a la variedad más amplia de estudiantes acogidos en estas secciones.
Acuerdan, por la presente enmienda, modificar el acuerdo administrativo entre la ministra de Educación y Formación Profesional del Reino de España y el ministro de Educación Nacional, Juventud y Deporte de la República Francesa relativo a las secciones españolas en Francia y en los centros docentes franceses de enseñanza francesa en el extranjero, firmado en París y Madrid el 15 de marzo de 2021, como sigue:
I. En el título del acuerdo administrativo, en los artículos 1 a 3, 5 a 7, 9 a 11 y 13, en el punto 1 del anexo I y en el título del anexo II:
a) Después de las palabras: «a las secciones...
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