ORDEN FORAL 39/2012, de 16 de marzo, del Consejero de Fomento y Vivienda, por la que se procede a la aprobación provisional del proyecto de construcción de 'Nuevo enlace a la Ronda de Pamplona: Soto de Lezkairu-Entremutilvas, Fase 1' y se somete a información pública.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Servicio de Estudios y Proyectos informa que el "Nuevo enlace a la Ronda de Pamplona: Soto de Lezkairu-Entremutilvas" es una actuación incluida en el III Plan Director de Carreteras de Navarra 2010 -2018.

El enlace completo, dividido en dos fases, comprenderá el Paso Superior a la Ronda de Pamplona (PA-30), las dos glorietas de cada lado y los ramales de conexión con la Ronda de Pamplona. Estas conexiones, en el lado más cercano a Pamplona, abarcarán desde el paso inferior existente en Mendillorri hasta pasada la Gasolinera situada más al Sur.

La glorieta del lado de Pamplona (Mugartea) está incluida en el PSIS de Mugartea, realizado para el Ayuntamiento de Aranguren. Asimismo, este nuevo enlace había sido previsto en el Plan Municipal de Pamplona y existía también en la N.U.C. (Normas Urbanísticas Comarcales) una conexión de la zona del Soto de Lezkairu a la Ronda de Pamplona.

El nuevo vial recogerá los tráficos del Sector de Soto de Lezkairu y de la nueva zona residencial de Mugartea, así como los posibles tráficos de la zona de Entremutilvas que quieran acceder a la Ronda de Pamplona. En el otro lado de la Ronda de Pamplona está prevista la Ciudad de la Seguridad que también necesitará un acceso.

Esta Fase 1 incluye todas las obras de conexión desde la Ronda de Pamplona hacia Mugartea (lado Pamplona), pero sin paso superior a la PA-30 y, por lo tanto, sin giros a la izquierda. Se incluyen las salidas e incorporaciones a la calzada principal de la PA-30 del nuevo vial de Mugartea y se prevé una vía de servicio en el lado de Pamplona, al objeto de canalizar el tráfico de salida de Mendillorri hacia la Ronda de Pamplona.

El documento redactado para someter el proyecto a información pública contiene la documentación exigida por la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra.

Asimismo, con fecha 9 de enero de 2012, se ha recibido informe favorable del Director General de Medio Ambiente y Agua, del Departamento de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente, referente al impacto del ruido, en el que se indica que se debería contemplar la aplicación de medidas complementarias, como podría ser la reducción de velocidad en el tramo de la rotonda, que conduzca a alcanzar el objetivo de calidad acústica.

Con carácter previo a su licitación, se precisa gestionar la disponibilidad de bienes y derechos que resultan afectados por las obras de referencia e iniciar el correspondiente...

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