Orden VIV/187/2010, de 1 de febrero, sobre modificación de elementos del Plan General de Ordenación Urbana de Ceuta, en el ámbito del acuartelamiento 'Las Heras'.

MarginalBOE-A-2010-1803
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Vivienda
Rango de LeyOrden
  1. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE VIVIENDA

1803 Orden VIV/187/2010, de 1 de febrero, sobre modificación de elementos del

Plan General de Ordenación Urbana de Ceuta, en el ámbito del acuartelamiento «Las Heras».

Ceuta. Modificación de Elementos del Plan General de Ordenación Urbana de Ceuta, referente al ámbito del acuartelamiento «Las Heras»

La Modificación propuesta afecta al acuartelamiento «Las Heras», situado en la barriada de la Libertad, en el núcleo antiguo de la ciudad, con una superficie de 16.864 m2.

El cuartel fue propiedad, en su día, del Ministerio de Defensa y actualmente está afectado al Ministerio del Interior. Su calificación, de acuerdo con el Plan General de Ordenación Urbana de Ceuta, es la de Sistema General de Equipamiento Comunitario «SD de Defensa».

La Modificación tiene como objeto permitir la construcción de una nueva Comandancia de la Guardia Civil y varios edificios residenciales destinados a vivienda permanente o temporal de guardias civiles que estén destinados habitualmente en la Ciudad, así como de aquellos otros que deban trasladarse a la misma a consecuencia de situaciones especiales de seguridad u otras. El complejo previsto reviste un gran interés estratégico, tanto para el Instituto armado, como para la Ciudad Autónoma de Ceuta.

Se mantiene la calificación de Sistema General de Equipamiento Comunitario «SD de Defensa» para la parte ocupada en planta por la nueva edificación propuesta (de 7.588,80 m2

de superficie), quedando calificado el resto de la parcela (de superficie 9.275,20 m2), como Sistema General de Espacios Libres «AA Ámbito Ajardinado».

El programa de necesidades del complejo previsto por la Modificación justifica la necesidad de alterar determinados parámetros urbanísticos contenidos en el Plan General, básicamente la edificabilidad y la altura de la edificación, que pasan de 0,75 m2t/m2s (referido a la totalidad de la superficie de parcela de 16.864 m2), a 4 m2t/m2s (aplicado solo sobre la superficie de 7.588,80 m2 cuya calificación de Sistema General de Equipamiento «SD de Defensa» se mantiene), y de 3 plantas y 12 m, a 6 plantas y 22 m, respectivamente. El techo edificatorio resultante de la actuación será de 30.555 m2t.

Constan en el expediente los informes sectoriales preceptivos de Cultura, Medio Ambiente, Costas y Defensa, siendo todos ellos favorables a la Modificación propuesta. Asimismo, constan en el expediente un informe de la Subdirección General de Urbanismo de este Departamento, de 15 de junio de 2009, y un Decreto del Consejero de Fomento de la Ciudad Autónoma, de 13 de julio de 2009, en los que se justifica la innecesariedad de someter este expediente de Modificación a evaluación ambiental en los términos establecidos por la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre Evaluación de los efectos de determinados Planes y Programas en el Medio Ambiente

El informe de la Subdirección General de Urbanismo de la...

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