DECRETO 43/1999, de 19 de abril, de convocatoria de elecciones al Parlamento de Cantabria.

MarginalBOE-A-1999-8721
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Autónoma de Cantabria
Rango de LeyDecreto

DECRETO 43/1999, de 19 de abril, de convocatoria de elecciones al Parlamento de Cantabria.

El artÌculo 10.3 del Estatuto de AutonomÌa para Cantabria, en la redacciÛn dada por la Ley Org·nica 11/1998, de 30 de diciembre, establece que las elecciones al Parlamento de la Comunidad AutÛnoma se convoquen en los tÈrminos previstos en la Ley de RÈgimen Electoral General (LOREG), si bien la disposiciÛn adicional tercera aÒade que la celebraciÛn de elecciones atender· a lo que dispongan las Cortes Generales, con el fin exclusivo de coordinar el calendario de las diversas consultas electorales.

En este sentido la LOREG, en su disposiciÛn adicional quinta, adicionada por la Ley Org·nica 3/1998, de 15 de junio, determina que el Decreto de convocatoria de elecciones al Parlamento de Cantabria, se expida el dÌa quincuagÈsimo quinto anterior al de la fecha en que han de tener lugar las elecciones al Parlamento Europeo, en orden a asegurar su celebraciÛn simult·nea, por coincidir en el mismo aÒo en un espacio de tiempo no superior a cuatro meses.

Por su parte el artÌculo 18 de la Ley de Cantabria 5/1987, de 27 de marzo, modificado por la 4/1991, de 22 de marzo, y la 6/1999, de 24 de marzo, se remite, a estos efectos, a los preceptos citados del Estatuto y de la Ley de RÈgimen Electoral General, y fija los requisitos y la difusiÛn del Decreto de convocatoria.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confieren los artÌculos 10.3 del Estatuto y el 18.1 de la Ley de Cantabria 5/1987, dispongo:

ArtÌculo 1 Convocatoria.

Se convocan elecciones al Parlamento de la Comunidad AutÛnoma de Cantabria, que se celebrar·n el dÌa 13 de junio de 1999.

ArtÌculo 2 CampaÒa electoral.

La campaÒa electoral tendr· una duraciÛn de quince dÌas, comenzando a las cero horas del viernes 28 de mayo y finalizando a las veinticuatro horas del viernes dÌa 11 de junio.

ArtÌculo 3 ConstituciÛn del Parlamento.

La sesiÛn constitutiva del Parlamento electo tendr· lugar el dÌa 8 de julio de 1999.

Disposiciones Finales
DisposiciÛn final primera

El presente Decreto se publicar·, el dÌa siguiente de su expediciÛn, en el 'BoletÌn Oficial de Cantabria' y el 'BoletÌn Oficial del Estado'.

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