RESOLUCIÓN de 27 de julio de 1999, de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de la Salud, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros sobre diversas mejoras en los servicios de atención primaria.

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 1999
MarginalBOE-A-1999-17368
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 27 de julio de 1999, de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de la Salud, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros sobre diversas mejoras en los servicios de atención primaria.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 2 de julio de 1999, a propuesta del Ministro de Sanidad y Consumo, otorgó su conformidad al Acuerdo suscrito el 17 de junio de 1999 entre la Administración, el Instituto Nacional de la Salud y las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad sobre diversos asuntos relacionados con la mejora de prestaciones e implantación de nuevos servicios en atención primaria.

El Acuerdo del Consejo de Ministros se publica como anexo a esta Resolución.

Madrid, 27 de julio de 1999.--El Presidente Ejecutivo,

Alberto Núñez Feijoo.

ANEXO

Acuerdo sobre diversas mejoras en los servicios de atención primaria

El Acuerdo celebrado en el marco de la Mesa Sectorial de Sanidad el día 17 de junio de 1999, entre la Administración-INSALUD y las Organizaciones Sindicales presentes en la misma contempla materias de índole retributivo de aplicación al personal médico y diplomado en enfermería designado en atención primaria para la realización de refuerzos de atención continuada, al personal médico y de enfermería adscrito a los Equipos de Soporte de Atención Domiciliaria (ESAD) y al personal médico de los centros coordinadores de urgencias y en las unidades móviles de emergencias, cuya competencia corresponde al Gobierno.

De conformidad con la disposición final tres del RDL 3/1987, de 11 de septiembre, sobre retribuciones del personal estatutario del INSALUD, así como con el artículo 35 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, de determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, se somete a la consideración del Consejo de Ministros la adopción del presente Acuerdo.

Primero.--Examinado el Acuerdo entre la Administración-INSALUD y los Sindicatos: CEMSATSE, UGT, CC OO Y CSI-CSIF, sobre diversos asuntos relacionados con la mejora de prestaciones e implantación de nuevos servicios en atención primaria, el Consejo de Ministros decide otorgar su conformidad a dicho Acuerdo.

El contenido retributivo del acuerdo sindical se ajustará a las condiciones que para distintas categorías y puestos de trabajo se señalan a continuación:

1.1 Personal de...

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