STSJ Comunidad de Madrid 756/2007, 20 de Septiembre de 2007
Ponente | JUAN IGNACIO PEREZ ALFEREZ |
ECLI | ES:TSJM:2007:12906 |
Número de Recurso | 1890/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 756/2007 |
Fecha de Resolución | 20 de Septiembre de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.3
MADRID
SENTENCIA: 00756/2007
Recurso nº. 1890/2003
Ponente: D. Juan Ignacio Pérez Alférez
Recurrente: Laura
Proc.: Federico Pinilla Romeo
Demandado: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
Representante: Abogado del Estado
Codemandado: TUI ESPAÑA TURISMO S.A.
Proc.: Mónica Ana Liceras Vallina
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SENTENCIA NÚM.- 756
ILTMO. SR. PRESIDENTE
D. Gustavo Lescure Ceñal
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS
D. Juan Ignacio Pérez Alférez
Dª. Pilar Maldonado Muñoz
....................................................
En Madrid, a veinte de septiembre de dos mil siete.
Visto por la Sección del margen el recurso nº 1890/2003, interpuesto por el Procurador D. Federico Pinilla Romeo, en nombre y representación de Dª. Laura, contra resolución del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 29 de julio de 2003, habiendo sido parte demandada la antedicha Administración, representada por el Abogado del Estado.
La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figura en los mismos.
Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 19 de septiembre de 2007.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Ignacio Pérez Alférez.
La representación procesal de Doña Laura ha promovido un recurso jurisdiccional contra la resolución del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 29 de julio de 2003, en expediente núm. 3399/03, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Dirección General de Trabajo, de 29 de abril de 2003 que, entre otros, contenía los siguientes acuerdos:
-
- Autorizar a la empresa Tui España Turismo S.A., la extinción de las relaciones laborales de hasta 72 trabajadores de su plantilla, pertenecientes a los centros de trabajo afectados por el expediente, en la forma, términos y condiciones estipuladas en el acuerdo de fecha 15 de abril de 2003 celebrado entre la empresa y su Comité de Intercentros, acuerdo que se adjunta a esta resolución, así como las listas de trabajadores afectados.
Para la resolución de este contencioso es necesario tener en cuenta la doctrina interpretativa establecida por el Tribunal Supremo, Sala 3ª, Sección 4ª, en sentencia de 24 de octubre de 2002, dictada en el recurso de casación nº 1689/98. Dicha sentencia decide dos cuestiones fundamentales en esta materia: determina que cuando se trata de un expediente de regulación de empleo en el que ha mediado un acuerdo suscrito entre la empresa y la representación de los trabajadores, fundamentado en causas tecnológicas o económicas, la actuación de la Administración se circunscribe a la homologación de dicho acuerdo y expediente de regulación de empleo, siempre que no se...
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