ORDEN ECF/406/2009, de 15 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones de ahorro y eficiencia energética en régimen de concurrencia competitiva en el marco del Plan de acción de la estrategia de ahorro y eficiencia energética y se abre la convocatoria para el año 2009.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorInstituto Catalán de Energía
Rango de LeyOrden

ORDEN a.link { text-decoration: none; color: #006699; font-size: 11px; font-family: Arial; font:bold}a.link:hover { text-decoration: underline; color: #006699; font-size: 11px;font-family: Arial;}a.document { text-decoration: none; color: #FFFFFF; font-size: 13px; font-family: Arial;}a.document:hover { text-decoration: underline; color: #666666; font-size: 13px; font-family: Arial;}a.text_document { text-decoration: underline; color: #006699; font-size: 12px; font-family: Arial; font:bold}a.text_document:visited {color: purple; text-decoration: underline;font-size:12px;font-family: Arial; font:bold}DIV.cap { text-decoration: none; color: #000000; font-size: 22px; font-family: Arial; font:bold}DIV.titol { text-decoration: none; color: #990000; font-size: 15px; font-family: Arial; font:bold}DIV.sumari { text-decoration: none; color: #990000; font-size: 14px; font-family: Arial; font:bold}DIV.departament { text-decoration: none; color: #990000; font-size: 14px; font-family: Arial; font:bold}DIV.text_document { text-decoration: none; color: #000000; font-size: 12px; font-family: Arial;} Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DOGC núm. 5472 - 28/09/2009 var now = new Date(); var i=0;i = NumDiari.indexOf('5472');if (i>=0) {document.write(" Imagen del documento en formato PDF ");} [ Sumario || Índice del sumario || Diarios Oficiales disponibles || Inicio ] DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Instituto Catalán de Energía ORDEN ECF/406/2009, de 15 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones de ahorro y eficiencia energética en régimen de concurrencia competitiva en el marco del Plan de acción de la estrategia de ahorro y eficiencia energética y se abre la convocatoria para el año 2009.. (Pág. 71939) ORDEN

ECF/406/2009, de 15 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones de ahorro y eficiencia energética en régimen de concurrencia competitiva en el marco del Plan de acción de la estrategia de ahorro y eficiencia energética y se abre la convocatoria para el año 2009.

Antecedentes

El consumo de energía tiene repercusiones muy negativas en varios aspectos como la reducción progresiva de las reservas de recursos no renovables, el impacto ambiental de la mayoría de las fuentes energéticas o el destino de recursos económicos a la explotación de materias primas y a otros ámbitos económicos de bajo valor añadido.

El consumo ineficiente de la energía provoca el aumento del déficit de la balanza comercial del país, la reducción de la competitividad de las empresas, el aumento de la inflación, etc.

Debe promoverse un sistema energético con una aportación de recursos renovables más importante, así como un uso más racional y eficiente de los recursos energéticos.

En el futuro inmediato, la energía será un producto cada vez más costoso. Solo mejorando de manera significativa la eficiencia energética y adoptando nuevos hábitos de consumo más racionales podremos enfrentarnos mejor a este futuro. En este sentido, el apoyo a las inversiones en eficiencia energética debe ser una prioridad de la Administración pública.

El Instituto Catalán de Energía (ICAEN) del Departamento de Economía y Finanzas tiene asignada la ejecución de las actividades que emanan de la política energética de la Generalidad de Cataluña y del Plan de la energía de Catalunya 2006-2015 (PEC).

La Estrategia de ahorro y eficiencia energética del PEC se coordina con la Estrategia de ahorro y eficiencia energética en España 2004-2012 (E4). Por ello, el 17 de abril de 2008 se formalizó un convenio de colaboración entre el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE) del Gobierno español y el Instituto Catalán de Energía (ICAEN), para la definición y la puesta en práctica en Catalunya de las actuaciones previstas en el Plan de acción 2008-2012 de la E4. En el Convenio se identifican varias actuaciones que, junto a otras específicas de la Estrategia del PEC, requieren el apoyo público para su implementación o extensión.

Vista la Ley 15/2008, de 23 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2009, y de acuerdo con lo que establecen los artículos 87 y siguientes del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Catalunya; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Orden de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas de subvenciones;

Visto el Acuerdo de gobierno de la Generalidad de Cataluña de fecha 14 de julio de 2009, que aprueba el expediente de gasto plurianual que da cobertura a esta convocatoria;

Informada la Comisión de Cooperación Local de Catalunya en fecha 3 de julio de 2009;

Visto el informe favorable emitido por la Asesoría Jurídica del Departamento de Economía y Finanzas, a propuesta del Instituto Catalán de Energía, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para subvencionar en régimen de concurrencia competitiva la realización de actuaciones en materia de ahorro y eficiencia energética y abrir la convocatoria para el año 2009.

Artículo 2

Convocatorias

2.1 En función de las disponibilidades presupuestarias y por la Orden del consejero de Economía y Finanzas se publica en el DOGC la convocatoria para la presentación de solicitudes para la obtención de las ayudas previstas en esta Orden, que contiene las determinaciones establecidas por la normativa de aplicación.

2.2 En el supuesto de que, una vez resuelta la convocatoria, se haya agotado el importe máximo destinado en este ejercicio a las acciones reguladas en esta Orden, y a medida que se produzcan renuncias o revocaciones de las subvenciones, se podrán asignar nuevos otorgamientos a los proyectos que no hubieran llegado a obtener subvención y que, de acuerdo a la puntuación de la solicitud de subvención, mantenían una posición inmediatamente posterior a la de los proyectos subvencionados, siempre que estos proyectos se puedan realizar en los plazos establecidos por esta Orden.

Artículo 3

Objeto de las ayudas, plazo de ejecución, actuaciones subvencionables y cuantía de las ayudas

3.1 Objeto de las ayudas.

Son objeto del otorgamiento de estas ayudas los proyectos y las actuaciones, realizadas dentro del territorio catalán, que se puedan integrar en alguno de los apartados siguientes:

  1. Inversiones en mejoras de la eficiencia energética llevadas a cabo por compañías de servicios energéticos.

  2. Inversiones en mejora de la eficiencia energética en instalaciones de proceso industrial.

  3. Proyectos especiales con tecnologías eficientes emergentes.

  4. Mejora de la eficiencia energética del equipamiento específico del sector terciario.

  5. Promoción de sistemas de bicicleta pública.

  6. Planes de movilidad urbana energéticamente eficientes.

  7. Incorporación de tecnologías de gestión energética en flotas de transporte por carretera, ya sean de viajeros o de mercancías.

  8. Planes de desplazamiento de empresa.

  9. Estaciones de recarga de gas natural o de GLP abiertas al público o asociadas a una flota de transporte.

  10. Estaciones de recarga de energía eléctrica para vehículos abiertas al público o asociadas a una flota de transporte.

  11. Experiencias piloto en planes de movilidad del vehículo eléctrico.

    Quedan excluidas de subvención todas las inversiones en instalaciones de cogeneración o instalaciones auxiliares de estas, así como las inversiones que puedan beneficiar la empresa mediante las primas del régimen especial.

    3.2 Plazo de ejecución.

    Las actuaciones indicadas en el punto anterior, excepto las incluidas en los apartados c), e), f) y k) deberán ser realizadas en el período comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 10 de septiembre de 2010.

    Las actuaciones incluidas en el apartado c) del punto anterior deberán ser realizadas en el período que va desde la fecha de solicitud de la subvención hasta el 31 de julio de 2012.

    Las actuaciones incluidas en los apartados e), f) y k) del punto anterior deberán ser realizadas en el período comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de julio de 2011.

    3.3 Las actuaciones subvencionables harán referencia a las tecnologías o conceptos siguientes:

  12. Inversiones en tecnologías de mejora de la eficiencia energética llevadas a cabo por compañías de servicios energéticos.

    Se considera un "servicio energético" el beneficio físico, utilidad o ventaja derivados de la combinación de una energía con una tecnología eficiente en términos de energía y/o con una acción, que podrá incluir las operaciones, el mantenimiento y el control necesarios para prestar el servicio, que se presta en base a un contrato y que, en circunstancias normales, ha demostrado alcanzar una mejora de la eficiencia energética verificable y medible o estimable y/o un ahorro de energía primaria.

    A los efectos de esta subvención, se considerarán como "empresa de servicios energéticos" exclusivamente aquellas que vendan a terceros calor o frío a partir de la compra y transformación a su cargo de electricidad, combustibles o energías...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR