RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2002, de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se corrigen errores en la de 17 de julio de 2001, por la que se dictan instrucciones para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de depósito.

MarginalBOE-A-2002-7709
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

Advertidos errores en el texto de la Resolución de 1 7 de julio de 2001, de esta Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se dictan instrucciones para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de depósito, publicada en el 'Boletín Oficial del Estado' número 191, de 10 de agosto de 2001, procede efectuar su pertinente rectificación de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.2.eb) del Real Decreto 1511/1986, de 6 de junio, de ordenación del 'Boletín Oficial del Estado'.

En su virtud, esta Dirección General dicta la siguiente

INSTRUCCIÓN ÚNICA

Se aprueba la siguiente corrección de errores de la citada Resolución de 17 de julio de 2001, publicada en el 'Boletín Oficial del Estado' del día 10 de agosto:

En la página 30083 del mencionado 'Boletín Oficial del Estado', en la Instrucción II. 6.1.2, 'Resultado final de las retenciones. Información de detalle', donde dice: 'En el transcurso de los dos días siguientes al vencimiento...', debe decir: 'Hasta los dos días siguientes al vencimiento...'.

En la página 30084, en el apartado 1, 'Formato de ficheros de intercambio', por haberse omitido, se añade el siguiente párrafo: 'Todos los campos de importe tendrán las mismas longitudes, figurando con dos posiciones decimales para los céntimos, sin reflejar la coma'.

En el registro de cabecera del presentador, en la descripción del campo del código de registro, donde dice: 'VALOR CERO', debe decir: 'VALOR 4'.

En el registro de cabecera del ordenante en la descripción del campo, donde dice: 'CÓDIGO DE REGISTRO: VALOR 1', debe decir: 'CÓDIGO DE REGISTRO: VALOR 5'.

Asimismo, en este registro de cabecera del ordenante en el campo 'tipo de deuda' permanecen los conceptos 01 y 02, suprimiéndose el concepto '03. INGRESOS DE DERECHO PUBLICO (a utilizar cuando el ordenante y el presentador sean el mismo)', que, en consecuencia, queda eliminado.

En la página 30085, donde dice:

'REGISTRO DE DETALLE: FASE 1 (SOLICITUD DE INFORMACIÓN)

ZONA

POSICIÓN TIPO LONG. DESCRIPCIÓN DEL CAMPO'

debe decir:

'REGISTRO DE DETALLE: FASE 1 (SOLICITUD DE INFORMACIÓN)

ZONA POSICIÓN TIPO LONG. DESCRIPCIÓN DEL CAMPO'

Dentro del apartado de descripción del campo, donde dice: 'CÓDIGO DE REGISTRO:

VALOR 2', debe decir: 'CÓDIGO DE REGISTRO: VALOR 6'.

En la página 30086, en el apartado REGISTRO DE DETALLE: FASE 5 (ORDEN DE LEVANTAMIENTO DE LA RETENCIÓN), en la columna de DESCRIPCIÓN DEL CAMPO donde dice: 'CÓDIGO...

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