Efectos legales del COVID-19 sobre los contratos del sector público. Artículo 34 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo

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4.20. EFECTOS LEGALES DEL COVID-19 SOBRE LOS CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. ARTÍCULO
34 DEL REAL DECRETO-LEY 8/2020, DE 17 DE MARZO
El informe analiza, para cada tipo de contrato, determinadas cuestiones legales
que plantea el artículo 34 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo; que fue la
norma especial aprobada para regular los efectos del Covid-19 sobre los contratos del
sector público. 1
La Abogacía del Estado ha examinado su petición de informe sobre los efectos que se
derivan del artículo 34 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo en relación con
los siguientes contratos:
Contratos de servicios de prestación sucesiva (por ejemplo, contratos de
conservación de carreteras).
— Restantes contratos de servicios (por ejemplo, redacción de un proyecto de obras).
— Contratos de obras.
Y contratos de concesión de obras y de concesión de servicios (concesiones de
autopistas y de autovías de «primera generación»).
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
I. Aplicación preferente del artículo 34 del RDL 8/2020
El artículo el artículo 34 del RDL 8/2020 ha regulado de modo general los efectos
que legalmente se producen para los contratos del sector público como consecuencia
del COVID-19.
El Real Decreto-ley 8/2020 «es una norma de rango legal, de efectos temporales
limitados, que atiende a una situación excepcional (la declaración de estado de
alarma ante la crisis sanitaria derivada del COVID-19)», por lo que su contenido ha de
considerarse de aplicación preferente mientras dure el estado de alarma declarado por
el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
En consecuencia, los derechos reconocidos en las leyes a las empresas contratistas
por el Covid-19 son los previstos en el artículo 34 del RDL 8/2020, que es norma
especial y se aplica con preferencia a la legislación ordinaria de contratos públicos.
Por tanto, la legislación ordinaria de contratos públicos solo será aplicable para
resolver una incidencia contractual relacionada con el Covid-19 cuando no se oponga
al RDL 8/2020 y a los principios que lo inspiran.
1 Informe emitido el 2 de abril de 2020 por D. Rafael Domínguez Olivera, Abogado del Estado-Jefe en
el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

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