ACUERDO de 5 de febrero de 2001, del Gobierno de Navarra, por el que se reconoce a los funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a efectos de antigüedad y derechos pasivos, los servicios efectivos prestados como Oficiales y Suboficiales de la Escala de complemento de las Fuerzas Armadas.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 5 de febrero de 2001, del Gobierno de Navarra, por el que se reconoce a los funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a efectos de antigüedad y derechos pasivos, los servicios efectivos prestados como Oficiales y Suboficiales de la Escala de complemento de las Fuerzas Armadas.

El Acuerdo de la Diputación Foral, de 29 de octubre de 1981, regula el régimen del reconocimiento a los funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra de los servicios prestados a otras esferas de la Administración Pública.

El apartado 1.a) de dicho Acuerdo reconoce, entre otros, los servicios efectivos prestados con carácter profesional y en propiedad en las Fuerzas Armadas o en los Cuerpos de Seguridad del Estado, y en su apartado 1.b) considera servicios efectivos todos los indistintamente prestados a las esferas de la Administración Pública que menciona, tanto en calidad de funcionario de empleo (contratado o interino), como los prestados en régimen de contratación administrativa o laboral, se hayan formalizado o no documentalmente dichos contratos.

Suscitadas diversas controversias sobre el reconocimiento de los servicios efectivos prestados como oficiales y suboficiales de la escala de complemento de las Fuerzas Armadas, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en sus sentencias de 29 de septiembre de 2000, 13 de noviembre de 2000 y 21 de noviembre de 2000, ha inadmitido o desestimado los recursos de apelación interpuestos por el Gobierno de Navarra contra otras tantas sentencias de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, que, estimando los recursos de alzada interpuestos por los interesados, declaraba el derecho a computar, a efectos de antigüedad y derechos pasivos, los servicios efectivos prestados como Oficiales y Suboficiales de la referida Escala.

Con el fin de evitar futuros pronunciamientos judiciales previsiblemente condenatorios para la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y unificar el régimen jurídico que al respecto viene siendo aplicado por la Administración estatal, procede reconocer a los funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a efectos de antigüedad y derechos pasivos, los servicios efectivos prestados como Oficiales y Suboficiales de la Escala de Complemento de las Fuerzas Armadas.

En consecuencia, el Gobierno de...

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