Edicto. Divorcio contencioso 510/2010-5.

SecciónV - Administración de Justicia
EmisorDe Gijón Número 9
Rango de LeyEdicto

De: D. Juan Ignacio Álvarez Romero.

Procuradora: Sra. María Sánchez Ordóñez.

Abogado: Sr. José Luis Nava Meana.

Contra: D.ª Nilza Helena Lagares de Souza.

Abogado: Sr. José Luis Nava Meana.

Don Aladino Garmón Cadierno, Secretario Judicial, del Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Gijón, por el presente,

Anuncio: En el presente procedimiento de divorcio 5510/10 seguido a instancia de Juan Ignacio Álvarez Romero frente a Nilza Helena Lagares de Souza se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal es el siguiente:

Procedimiento: Divorcio contencioso 5510/2010.

Sentencia

En Gijón, a veinte de octubre de dos mil diez.

Vistos por D.ª Marta Baragaño Argüelles, Magistrada-Juez de Primera Instancia n.º 9 de Gijón y su partido, los presentes autos de divorcio seguidos en este Juzgado con el número de procedimiento 5510/10 a instancia de D. Ignacio Álvarez Romero representado por el Procurador María Sánchez Ordóñez y defendido por el Letrado D. José Luis Nava Meana, siendo parte demandada D.ª Nilza Helena Lagares de Souza, declarada en situación de rebeldía procesal habiendo sido parte el Ministerio Fiscal.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora D.ª María Sánchez Ordóñez, en nombre y representación D. Ignacio Álvarez Romero, frente a D.ª Nilza Helena Lagares de Souza, procede acordar el divorcio del matrimonio formado por ambos contrayentes en fecha 9 de mayo de 1996, con los efectos legales inherentes a tal declaración, ratificando las medidas ya adoptadas en la sentencia de separación de fecha 10 de septiembre de 1997, por el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Gijón en los autos n.º 180/97, y sin que proceda hacer especial pronunciamiento en cuanto al pago de las costas causadas en autos.

Firme que sea esta resolución, comuníquese al Registro Civil correspondiente, donde consta inscrito el matrimonio de los litigantes, a los fines procedentes en derecho.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma procede interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Asturias, que se preparará ante este mismo juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la referida notificación.

Conforme al artículo 19, de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985,...

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