¿A qué edad y en qué condiciones se puede contraer matrimonio?

AutorMª Begoña Fernández González
Cargo del AutorDoctora en Derecho. Universidad San Pablo-CEU

Para que un matrimonio sea válido debe reunir una serie de requisitos de fondo. En efecto, el hombre y la mujer tienen el derecho a contraer matrimonio siempre que respeten las exigencias legales. En primer lugar, la edad que la ley exige es la mayoría, los dieciocho años, o bien que ambos contrayentes estén emancipados.

La emancipación supone la extinción de la patria potestad y se considera al sujeto como si fuera mayor de edad, por lo menos en lo relativo a los actos personales que pudiera realizar y el matrimonio lo es. La emancipación se puede obtener a partir de los dieciséis años y es necesario que conste en escritura pública y se practique la correspondiente inscripción en el Registro civil con el fin de dar la oportuna publicidad a esa situación personal.

Pero además, la ley admite otro supuesto, se permite el matrimonio de una persona que haya cumplido los catorce años siempre que haya obtenido dispensa o permiso del Juez de Primera Instancia. Es necesario alegar una causa justa que se invoca como fundamento del matrimonio, y el Juez, tras oír al menor y a sus padres, decidirá si concede o no la dispensa. Es una facultad libre del Juez sin que resulten vinculantes las razones que argumente el menor ni la declaración de sus padres.

Lo normal es que la dispensa se conceda antes de la celebración del matrimonio, pero nada impide que se obtenga después, aunque en ese caso el matrimonio no se considerará válidamente celebrado hasta ese momento.

Por otra parte, es necesario que ambos contrayentes tengan la capacidad de obrar necesaria para prestar su consentimiento al...

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