STSJ Canarias , 18 de Febrero de 2003

PonenteLUIS HELMUTH MOYA MEYER
ECLIES:TSJICAN:2003:495
Número de Recurso604/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SANTA CRUZ DE TENERIFE SENTENCIA NÚM. 136 Recurso núm. 604/2001 Iltmos. Sres:

PRESIDENTE Don Ángel Acevedo Campos MAGISTRADOS Don Pedro Hernández Cordobés Don Helmuth Moya Meyer En Santa Cruz de Tenerife, a dieciocho de Febrero del dos mil tres.

VISTO, en nombre del Rey por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, el presente recurso interpuesto a nombre del demandante don José , defendido por el Letrado don Manuel Beltrán Bueno y representado por la Procuradora doña Carmen Guadalupe García, contra Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional, con sede en Santa Cruz de Tenerife, de 21 de febrero del 2001, en virtud de la cual se estimaba la reclamación económico- administrativa núm. 38/1597/1999 y 38/163/00, acumuladas interpuestas contra liquidación por concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, habiéndose personado como parte demandada la Administración del Estado, defendida y representada por el Abogado del Estado en virtud de las atribuciones que por ley ostenta, siendo Ponente de esta sentencia el Iltmo. Sr. Magistrado don Helmuth Moya Meyer.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso- administrativo ante esta Sala el 2 de mayo del 2001. Admitido a trámite, se reclamó el expediente administrativo.

El recurrente formalizó demanda en la que solicitó se declare la nulidad del acto recurrido por no ser conforme a derecho, ya que no se imputan correctamente los pagos realizados.

SEGUNDO

De la demanda se dio traslado a la Administración demandada, que contestó a la misma oponiéndose a las pretensiones de la parte actora y pidiendo la desestimación del recurso.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba se practicó la propuesta y admitida, con el resultado que obra en autos. Las partes presentaron sus respectivos escritos de conclusiones, y se señaló día para la votación y fallo.

CUARTO

Se han observado los preceptos legales que regulan la tramitación del proceso contencioso-administrativo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso se interpone contra Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional, con sede en Santa Cruz de Tenerife, de 21 de febrero del 2001, en virtud de la cual se estimaba la reclamación económico-administrativa núm. 38/1597/1999 y 38/163/00, acumuladas interpuestas contra liquidación por concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

SEGUNDO

La cuestión a resolver en este proceso es en qué medida las cantidades abonadas por el demandante durante el ejercicio 1997 a su ex esposa (5.055.000 pesetas) deben ser imputadas a la pensión alimenticia señalada a los hijos o a la pensión compensatoria reconocida a favor de su ex cónyuge, y en consecuencia qué reducción puede aplicar...

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