DECRETO 109/1995, de 26 de abril, por el que se establece un régimen de medidas para el fomento de métodos de producción agraria compatibles con la protección y la conservación del medio ambiente.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorAyuntamiento de San Miguel de Abona (Tenerife)
Rango de LeyDecreto

El Reglamento (CEE) 1911/91 del Consejo, de 26 de junio, relativo a la aplicación de las disposiciones del Derecho comunitario a las Islas Canarias, así como el programa POSEICAN, establecen que la Política Agraria Común se aplicará a Canarias teniendo en cuenta las características específicas de sus producciones. El Reglamento (CEE) 2078/92, del Consejo, de 30 de junio, sobre métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de protección del medio ambiente y la conservación de la naturaleza, establece un régimen comunitario de ayudas cofinanciadas por el FEOGA-Garantía destinado al fomento de las prácticas agrícolas compatibles con el medio ambiente. Dicho reglamento, en su artículo 3, puntos 1, 2 y 3, regula la aplicación por parte de los Estados miembros del régimen de ayudas a través de programas plurianuales de zona, y en el punto 4 autoriza a los Estados miembros a establecer un marco reglamentario general que disponga la aplicación horizontal en la totalidad de su territorio de una o varias de las ayudas previstas. Esta acción abarca una serie de medidas, entre las que cabe destacar el fomento de prácticas de producción agraria que disminuyan los efectos contaminantes, y el desarrollo de una agricultura menos intensiva; el fomento de una explotación de tierras agrícolas compatible con la protección y mejora del medio ambiente, del espacio natural, del paisaje, de los recursos naturales de los suelos y de la diversidad genética; la conservación de tierras agrícolas abandonadas donde su mantenimiento sea necesario por motivos ecológicos, peligros naturales o riesgos derivados del despoblamiento; el fomento de la gestión de tierras con vistas al acceso del público y al esparcimiento, y por último, la de sensibilizar y formar a los agricultores en estas materias. El régimen de ayudas que se desarrolla en el Reglamento viene a incitar a los agricultores a comprometerse con estas medidas y a compensarlos por las pérdidas de renta debidas a la reducción de la producción o al aumento de los costes de ésta, y por su contribución positiva al medio ambiente. En este marco, la agricultura canaria debe hacer un esfuerzo para adaptar sus producciones al medio ambiente por diversas razones. En primer lugar para preservar un escaso suelo agrícola, actualmente en regresión debido al abandono de tierras en extensas zonas, con los consecuentes efectos negativos derivados de una erosión no controlada y la desprotección creada en los espacios naturales circundantes. En segundo lugar, porque se dispone de una cultura agraria propia, derivada de una acción continua y secular contra un medio hostil al desarrollo agrícola que ha producido unos aterrazamientos singulares y un aprovechamiento del agua o de la humedad ambiental, que han permitido asentamientos humanos en zonas inhóspitas, y que, hoy en día, forma parte del acervo histórico y de un paisaje singular a conservar. En tercer lugar, porque el desarrollo de una agricultura eco-compatible contribuye a la mejora de la calidad de vida de la población y de la oferta turística, al disponer de un espacio para el ocio en armonía con el medio ambiente. Por último, una agricultura menos intensiva y respetuosa con los recursos naturales oferta unos productos de mejor calidad y contribuye al equilibrio de los mercados. En base a lo anterior, la Consejería de Agricultura y Alimentación realizó un análisis detallado de las necesidades de cada isla en cuanto a la posible aplicación de este Reglamento, consultando para ello a las distintas instituciones y organizaciones interesadas. Con arreglo a lo especificado en el artículo 3 del Reglamento (CEE) 2078/92, ha sido aprobado por la Comisión Europea, mediante Decisión de fecha 19 de enero de 1995, el dispositivo de aplicación del régimen de ayudas a los métodos compatibles con la protección del medio ambiente así como el mantenimiento del espacio natural en España, entre las que se encuentra, como programa de medidas específicas, las ¿Acciones medioambientales en las Islas Canarias¿. A propuesta del Consejero de Agricultura y Alimentación y previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 26 de abril de 1995, D I S P O N G O: Capítulo I Ámbito, Objetivos, Programas de Ayudas y Beneficiarios Artículo 1.- Ámbito. Se establece, para la Comunidad Autónoma de Canarias, un régimen de ayudas para el fomento de prácticas agrícolas compatibles con el medio ambiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento (CEE) 2078/92 del Consejo, de 30 de junio, sobre métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural. Artículo 2.- Objetivo. Con este régimen de ayudas y subvenciones se pretende compensar las pérdidas de renta que suponen para los agricultores y ganaderos el mantenimiento de métodos de producción compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural y el paisaje. Artículo 3.- Programas de ayudas y subvenciones. El régimen de ayudas y subvenciones se establecerá a través de los siguientes programas: 1. Programas de aplicación general en todo el territorio de la Comunidad Autónoma, cuyo régimen se desarrolla en el Capítulo II. 2. Programas de aplicación en zonas específicas, cuyo régimen se desarrolla en el Capítulo III. Artículo 4.- Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas y subvenciones previstas en el presente Decreto, los...

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