SAP Madrid 69/2008, 14 de Febrero de 2008

PonenteJUAN PELAYO MARIA GARCIA LLAMAS
ECLIES:APM:2008:2751
Número de Recurso72/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución69/2008
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª

Dª GRACIA CASTRO VILLACAÑAS PEREZ

SECRETARIO DE LA SALA

ROLLO SALA: 72/2007

SUMARIO: 10/07

JDO. INSTRUC Nº 33-MADRID

SENTENCIA NUM: 69

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILMOS. SRES DE LA SECCION TERCERA

D. ADRIAN VARILLAS GÓMEZ

D. JUAN PELAYO GARCÍA LLAMAS

D. EDUARDO VICTOR BERMÚDEZ OCHOA

------------------------------------------

En Madrid, a 14 febrero de 2008.

VISTA, en juicio oral y público ante la Sección 3ª de esta Audiencia Provincial la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 33 de esta capital seguida de oficio por delito contra la salud pública contra Ismael, mayor de edad, nacido el 1 de enero de 1978, hijo de Harouna y de Fatoumata, natural de Bamako (Mali) y con pasaporte de la República de Mali NUM000, de estado civil casado, de profesión ferrallista, con residencia legal y en España y domicilio en Aranda de Duero (Burgos) Avenida DIRECCION000 NUM001. DIRECCION001 ), sin antecedentes penales, insolvente y privado de libertad por esta causa desde el 21 de mayo de 2007, situación en la que continúa; habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, representado por Ilmo. Sr. D. Joaquín Soto Bruna, y el acusado citado representado por el Procuradora D. Luis María Carrera de Egaña y defendido por la Letrada Dª Marta Nieves Sánchez Bieza, y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN PELAYO GARCÍA LLAMAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas, modificando parcialmente las provisionales, calificó los hechos objeto de las actuaciones como constitutivos de un delito contra la salud pública de sustancia gravemente dañosa y en cantidad de notoria importancia, previsto y penado en los artículos 368 y 369.1.6ª del Código Penal, reputando como responsable del mismo en concepto de autor a Ismael sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, solicitando las penas de nueve años y un día de prisión, multa de 300.000 euros, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, costas, comiso y destrucción de la sustancia.

SEGUNDO

La defensa de la acusada, en sus conclusiones también definitivas y modificando también las provisionales, manifestó su conformidad con las correlativas del Ministerio Fiscal en orden a los hechos y responsabilidades solicitadas.

De la apreciación de las pruebas practicadas RESULTA PROBADO Y ASI SE DECLARA:

El procesado Ismael, mayor de edad y sin antecedentes penales, en la tarde del día 21 de mayo de 2007 llegó al Aeropuerto de Madrid-Barajas, en vuelo procedente de Bamako, con escala en Túnez, llevando como equipaje una maleta de las conocidas como "troley" que ocultaba, en un doble fondo debidamente confeccionado, un paquete conteniendo una sustancia que, analizada por los laboratorios oficiales de la Agencia Española del Medicamento, resultó ser cocaína con un peso neto de 3.986´7 gramos y una riqueza en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR