SAP Málaga 266/2008, 29 de Abril de 2008

PonenteALEJANDRO MARTIN DELGADO
ECLIES:APMA:2008:414
Número de Recurso1107/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución266/2008
Fecha de Resolución29 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 266

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCION CUARTA

ILUSTRISIMO SR

PRESIDENTE

D.FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES

D.ALEJANDRO MARTIN DELGADO

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº13 DE MÁLAGA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 1107/2007

JUICIO Nº 421/2004

En la Ciudad de Málaga a veintinueve de abril de dos mil ocho.

Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso GODOY GRUPO DE EMPRESAS DE SERVICIOS que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. MARTA MERINO GASPAR y defendido por el Letrado D. MADRID JIMENEZ, FRANCISCO. Es parte recurrida Luis Miguel que está representado por el Procurador

D. OSORIO QUESADA, ELBA LEONOR y defendido por el Letrado D. CAMINO GUTIERREZ, SALVADOR, que en la instancia ha litigado como parte demandada .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 19-9-06 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que 1.- Se estima parcialmente la demanda reconvencional e integramente la demanda reconvencional y se condena a don Luis Miguel deberá pagar a la entidad mercantil Godoy Grupo de Empresas de Servicios S.L. la cantidad resultante de sumar la cantidad de mil seiscientos sesenta y cinco euros con treinta y seis céntimos, con más el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda y aumentado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia. 2.- No se hace expreso pronunciamiento condenatorio en las costas de esta instancia".SEGUNDO.- Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 24-4-08quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ALEJANDRO MARTIN DELGADO quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente proceso se ejercita por la parte actora, entidad mercantil Godoy Grupo Empresas de Servicios, S.L., una acción de carácter personal, derivada de una relación jurídica de contrato de arrendamiento de obra con aportación de materiales habida entre aquélla y el demandado, don Luis Miguel, en sus respectivas posiciones de arrendadora o contratista y de arrendatario o promotor, y que tenía por objeto la ejecución de obras en la vivienda propiedad de este último. La parte actora reclama frente al demandado la cantidad de 12.401,65 euros, en concepto de parte de precio de las unidades de obra efectivamente ejecutadas. El demandado se ha opuesto a la demanda, alegando la existencia de pagos a cuenta del precio de la obra, formulando reconvención en ejercicio de exigencia de responsabilidad civil contractual, dirigida frente a la entidad mercantil reconvenida, en reclamación de la cantidad de 5.240,48 euros, importe de la reparación de los defectos constructivos existentes en la vivienda del reconviniente como consecuencia de las obras ejecutadas en ella por la parte mercantil reconvenida.

La sentencia definitiva que ha puesto fin a la primera instancia ha estimado parcialmente la demanda así como ha estimado íntegramente la demanda reconvencional. Contra esta resolución se alza la demandante, interesando su revocación.

SEGUNDO

Por lo que respecta a la demanda interpuesta por la mercantil Godoy Grupo Empresas de Servicios, S.L., la parte apelante se alza frente al pronunciamiento de la sentencia que resuelve una de las cuestiones a las que se contraía la controversia suscitada por las partes litigantes, cual las partidas de obra ejecutadas por la demandante en la vivienda del demandado.

La sentencia de primera instancia ha resuelto sobre la mencionada cuestión en el sentido de considerar que las unidades de obra ejecutadas por la actora son las que figuran en el presupuesto de obra realizado por la actora y aceptado por el demandado, por importe de 20.094,05 euros, IVA incluido, más aquellas partidas adicionales que el demandado ha reconocido que fueron realizadas a petición suya, fuera del presupuesto, por importe de 1.811,79 euros. La parte actora no ha probado la ejecución de las demás partidas no incluidas en el presupuesto de obra aceptado por el demandado y cuyo importe se reclama en la demanda.

A la vista de las alegaciones de la parte apelante sobre este punto se constata que las mismas carecen de la pretendida eficacia de desvirtuar las consideraciones jurídicas de la sentencia apelada y la conclusión que de éstas se extrae por el Juzgador a quo, obtenida a través de una adecuada valoración de las pruebas practicadas en el proceso y de una correcta...

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