STSJ Castilla y León 1139/2006, 8 de Junio de 2006

PonenteRAMON SASTRE LEGIDO
ECLIES:TSJCL:2006:3408
Número de Recurso1/2001
Número de Resolución1139/2006
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº1.139

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

DOÑA ANA MARIA MARTINEZ OLALLA

DON JAVIER ORAA GONZALEZDON RAMON SASTRE LEGIDO

En Valladolid, a ocho de junio de dos mil seis.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: La Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León de 28 de junio de 1999 que desestimó la reclamación económico-administrativa nº47/2255/96, interpuesta contra la liquidación complementaria número 70347/96, girada por el Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial de Valladolid de la Junta de Castilla y León con un importe total a ingresar de 101.162 pesetas, al aumentar la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados -concepto documentos notariales- por razón de la división horizontal, formalizada en escritura pública otorgada en Valladolid, ante el notario D. Pedro José Bartolomé y Fuentes, bajo el número 3.411/92 de su protocolo.

Son partes en dicho recurso: como recurrente GRUPO PARQUESOL M-M, S.L. (antes Gema Inmuebles S.A.), representado por la Procuradora Dª Laura Sánchez Herrera, bajo la dirección de la Letrada Dª Carmen Alonso Martínez.

Como demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Como codemandada LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA Y LEON, representada y defendida por Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMON SASTRE LEGIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se acuerde anular y dejar sin efecto la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León de 28 de junio de 1999, objeto de este recurso, y de los actos en los que traiga causa, con imposición de costas a la Administración.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.

TERCERO

En el escrito de contestación de la Letrada de la Administración Autonómica codemandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia desestimatoria del presente recurso contencioso-administrativo por ser el acto administrativo impugnado conforme a derecho, con expresa imposición de costas a la parte actora.

CUARTO

Al no haberse solicitado el recibimiento del pleito a prueba ni la celebración de vista ni el trámite de conclusiones, se declararon conclusos los autos y se señaló para votación y fallo el día 30 de mayo de 2006.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo por la representación procesal de la entidad mercantil Grupo Parquesol M-M, S.L. (antes Gema Inmuebles S.A.) la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León de 28 de junio de 1999 que desestimó la reclamación económico-administrativa nº47/2255/96, interpuesta contra la liquidación complementaria número 70347/96, girada por el Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial de Valladolid de la Junta de Castilla y León con un importe total a ingresar de 101.162 pesetas, al aumentar la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados -concepto documentos notariales- por razón de la división horizontal, formalizada en escritura pública otorgada en Valladolid, ante el notario D. Pedro José Bartolomé y Fuentes, bajo el número 3.411/92 de su protocolo, y se pretende por la parte actora que se anule la Resolución impugnada y los actos a los que se refiere.Frente a ello, tanto la Abogacía del Estado, en la representación de la Administración General del Estado que legalmente ostenta, como la representación de la Administración de la Comunidad de Castilla y León han solicitado la desestimación del presente recurso.

SEGUNDO

Para la resolución de este proceso han de destacarse los siguientes datos que resultan de la documentación obrante:

  1. En escritura pública de 18 de noviembre de 1992, obrante en el expediente, la entidad mercantil aquí demandante, entonces denominada Parquesol Residencial S.A.,...

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