ORDEN 4611/2001, de 19 de octubre, de modificación de la autorización del centro docente de Formación Profesional Específica 'Centro de Estudios del Vídeo II', de Madrid.
Sección | C - Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Orden |
Visto el expediente instruido a instancia de don Jesús Javier Calvo Enjuto, solicitando modificación de la autorización del centro privado de Formación Profesional Específica "Centro de Estudios del Vídeo II", sito en la calle Gaztambide, número 65, de Madrid, por ampliación de dos grupos de ciclo formativo de grado superior de Sonido, según lo dispuesto en el artículo 13.1 e) del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general.
La Consejería de Educación,
HA DISPUESTO
Primero
Modificar, de acuerdo con el artículo 13.1 e) del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, la autorización del centro docente privado de Formación Profesional Específica "Centro de Estudios del Vídeo II", sito en la calle Gaztambide, número 65, de Madrid, por ampliación del ciclo formativo de grado superior de Sonido, quedando establecida la configuración definitiva del centro como se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.
Denominación específica: Centro de Estudios del Vídeo II.
Titular: "Centro de Estudios del Vídeo, Sociedad Limitada".
Domicilio: Calle Gaztambide, número 65.
Localidad: Madrid.
Municipio: Madrid.
Enseñanzas que se autorizan: Ciclos formativos de grado superior.
Turno diurno
¾ Sonido
Capacidad: 3 grupos/90 puestos escolares.
¾ Imagen
Capacidad: 2 grupos/60 puestos escolares.
¾ Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos
Capacidad: 2 grupos/60 puestos escolares.
¾ Realización de Audiovisuales y Espectáculos
Capacidad: 2 grupos/60 puestos escolares.
Turno vespertino
¾ Sonido
Capacidad: 3 grupos/90 puestos escolares.
¾ Imagen
Capacidad: 2 grupos/60 puestos escolares.
¾ Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos
Capacidad: 2 grupos/60 puestos escolares.
¾ Realización de Audiovisuales y Espectáculos
Capacidad: 2 grupos/60 puestos escolares.
Segundo
La presente autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2001/2002 y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.
Tercero
Con carácter previo al comienzo de las actividades educativas, la Dirección del Área Territorial de Madrid-Capital, comprobará, en relación con el ciclo formativo de grado superior de Sonido que por la presente Orden se amplía, que éste cumple los requisitos de equipamiento.
Cuarto
Antes del inicio de las actividades educativas, la Dirección del Área Territorial de Madrid-Capital, previo...
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