DECRETO 198/2002, de 30 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo del personal laboral no docente, de apoyo al alumnado de Educación Especial, en Centros docentes de la CAPV.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorEducacion, Universidades e Investigacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 198/2002, de 30 de julio, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo del personal laboral no docente, de apoyo al alumnado de Educación Especial, en Centros docentes de la CAPV.

Con fecha 13 de marzo de 1998, se publicó en el BOPV el Decreto 36/1998, de 10 de marzo, por el que se aprobó la relación de puestos de trabajo del personal laboral no docente, de apoyo al alumnado de Educación Especial, en centros docentes de la CAPV.

Posteriormente, como resultado de la evolución de las necesidades estructurales en la atención del alumnado con necesidades educativas especiales, se incrementa el número de plazas con respecto a la relación de puestos de trabajo del Decreto 36/1998.

Por otra parte, la publicación del Decreto 110/2002, de 21 de mayo, por el que se regulan los perfiles lingüísticos para personal laboral de Educación Especial, establece que los perfiles lingüísticos serán los regulados por el Decreto 47/1993, de 9 de marzo, y modifica, por tanto, los criterios de asignación de perfiles utilizados en el Decreto 36/1998, de 19 de marzo.

En consecuencia, procede adecuar la relación de puestos de trabajo del personal laboral no docente, de apoyo al alumnado de Educación Especial, a las dotaciones actuales, asignando a los puestos de trabajo los perfiles lingüísticos conforme a los criterios establecidos en el citado Decreto 110/2002, de 21 de mayo.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 30 de julio de 2002,

DISPONGO:

Artículo primero ¿ Aprobar la relación de puestos de trabajo, correspondientes al personal laboral no docente de apoyo al alumnado de Educación Especial en centros docentes de la CAPV, que figuran en el anexo a este Decreto.
Artículo segundo ¿ El régimen de provisión de estos puestos de trabajo es el concurso de traslados.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 30 de julio de 2002.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Educación, Universidades e Investigación,

ANJELES IZTUETA AZKUE.

BERRITZEGUNEEN ZERRENDA

ARABA

A01 VITORIA-GASTEIZ

A02 VITORIA-GASTEIZ

GIPUZKOA

G01 DONOSTIA

G02 IRUN

G03 EIBAR

G04 ORDIZIA

G05 ZARAUTZ

G06 LASARTE

BIZKAIA

B01 BILBAO ABANDO

B02 TXURDINAGA

B03 SESTAO

B04 BARAKALDO

B05 ORTUELLA

B06 BASAURI GALDAKAO

B07 GETXO

B08 LEIOA

B09 DURANGO

B10 GERNIKA

ERASKINA / ANEXO

ARABAKO HEZKUNTZAKO LURRALDE ORDEZKARITZA

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN DE ÁLAVA

LANPOSTUA HE DATA ZKIA OHARRAK

PUESTO DE TRABAJO PL FECHA N.º OBSERVACIONES

Fisioterapeuta 2 1/06/02 8

Fisioterapeuta 2 2

Gizarte-Laguntzaile / Trabajador/a Social 2 2

Heziketa Bereziko...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR