RESOLUCION de 13 de junio de 1993, de la Dirección General de Coordinación, Docencia e investigación, por la que se constituye y regula el funcionamiento de la comisión científica de evaluación y selección de ayudas, proyectos y becas de investigación.
Sección | 3. Otras Disposiciones |
Emisor | CONSEJERIA DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
La Orden de 11 de mayo de 1993, por la que se regulan las subvenciones a Proyectos de Investigación y Becas de ampliación de estudios para la formación de personal investigador en Ciencias de la Salud en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en sus Anexos I y II -Bases Quintas- determina el nombramiento, por parte de la Dirección General de Coordinación, Docencia e Investigación de la Consejería de Salud, de una Comisión Científica encargada de evaluar y seleccionar las Ayudas, Proyectos y Becas de Investigación a las que se refiere la mencionada norma.
La Orden de referencia, en su artículo 2, confiere a dicha Dirección General facultades para el desarrollo y cumplimiento de la misma; a tal fin es necesario constituir la mencionada Comisión y regular su funcionamiento en base a los criterios de transparencia y profesionalidad que deben presidir cualquier proceso de evaluación o selección, al tiempo que una estructura colegiada ayuda a garantizar que el citado proceso se adecue a las mínimas normas de consenso y solidaridad. En virtud de todo lo expuesto y conforme a las atribuciones que me otorga la Orden citada
R E S U E L V O
Constituir y establecer el funcionamiento de la Comisión Científica de Evaluación y Selección de Ayudas, Proyectos y Becas de Investigación a la que se refieren los Anexos I y II de la Orden de 11 de mayo de 1993 con arreglo a las siguientes normas:
Primera. La Comisión Científica tendrá su sede en la Dirección General de Coordinación, Docencia e Investigación y estará integrada por los siguientes miembros: El Director General de Coordinación, Docencia e Investigación, o persona en la que delegue, que será su Presidente. El Jefe del Servicio de Ordenación Profesional, Docencia e Investigación, que será su Vicepresidente. Los vocales necesarios, preferentemente doctores, nombrados atendiendo a su aprobada capacidad investigadora y experiencia.
Un secretario cuyas funciones serán asumidas por un técnico del Servicio de Ordenación Profesional, Docencia e Investigación, con voz pero sin voto.
Los miembros de la Comisión serán designados, nombrados y removidos por el Director General de Coordinación, Docencia e Investigación a propuesta del Jefe del Servicio de Docencia, Investigación y Ordenación Profesional.
Segunda. Serán funciones de la Comisión:
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Colaborar en el diseño de las convocatorias anuales de las subvenciones a proyectos científicos y becas de ampliación de estudios para la formación de personal investigador...
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