Orden 111/05266/1984, de 15 de diciembre de 1983 por la que se disponene el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional, dictada con fecha 2 de mayo de 1983, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Ramiro Rasero Zamorano, Sargento de Infantería y Caballero Mutilado Permanente.

MarginalBOE-A-1984-5514
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden
6070 5
marzo
1984
BOE.-Núm.
55
5514
5515
5516
resoluciones del
Ministerio
de
Defensa
de
1-4
de
octubre
y
30
de
diciembre
de
1990.
deberpos·
declarar
Tdeclaramos no
ser
las
mismas
en
parte
_
ajustadas
aderecho,
y.
en
consecuencia.
las anulamos. asimismo. parcialmente. reoonoelendo.
en
cam·
bio adicho
recurrente
el
derecho
que
tiene apercibir el com-
plemento
'de
destino
por
responaabllidad
en
la
función.
desde
la
fecha
de
1
de
enero
de
1m.
h4stt
la
entrada
en
vigor
de
la
Ley
6/1978
efe
11
-de
marzo,
condenando
&
la
Administración
al
pago
'de
las
canUdtldes
que
resulten.
s1n
expresa
imposición
de costas. '
Firme que
sea
la
presente sentencia. rernltase testimonto
.de
la
misma
con
el
expedtente
admInistrativo
al
Ministerio
de
Defensa.
para
su
ejecución
y
cumplimiento.
Asf
por esta
nuestra
sentencia. de
la
que
se uniré. certifica-
cló:nal
rollo.
lo
pronunclamos, mandamos yfirmamos.-
En
su
virtud.
de
confortnidad
con
lo
establecido
en
la
Ley
reguladota
de
la
Jurisdicci6n
Contencioso-Administrativa
rie
27
de
diciembre
de
1956. y
en
uso
de
las
facultades
que
me
con--
fiare
el
articulo
3.0
de
la
Orden
del
Ministerio
de
Defensa
número
54/1982,
de
16
de
marzo.
dispongo
que
se
cumpla
en
8U8
propios
términos
la
expresada
sentencia.
Lo
que
digo
aVV. EE. _
Dios
guarde
aVV. EE.
muchos
ados.,
'
Madrid,
15
de
diciembre
de
1983.-P.
D.,
el
Secretario
general
para
Asuntos
de
Personal
y
Acci~D'
Social,
Federico
Michavila
Pallarés.·
.
EXcmos. Sras.
Subsecretario
de
Pol(tica
de
Defensa
y
General
Director
de
Mutilados
de
Guerra
por
la
Patria.
ORDEN
111/05288/1983.
de
15
de
diciembre.
por
la
que
se
dispone
el
cumplimiento
de
~a
sentenctn
de
la
Audiencia
Nacional,
dictada
con fecha 2
de
mayo
da
1983.
en
el
recurso contencioso-adminis-
trativo
interpuesto
por
don
Ramiro
Rasero Zamo-
rano. Sargento
de
InfanterúJ
y
Caba~lero
Mutilado
P4lrmanantB.
Excmos.
Sres.:
En
el
recurso
contencioso-administrativo
se-
guido
en
únlC&
instancJiiante
la
Secci6n
Quinta
de
la
Audien-
ORDEN
llV052B1/1983~
eH. 15 de
diciembre,
por
la
que
se
dispone'
el
cumplimient.o
de
la
sentencia
eH
la Audiencia-
Nacional,
dictada
con fecha 7
de
abril
de
1983.
en
el
recurso
contencioso-administra·
tivo
interpuesto
por
don
DimaB
Núñez
Femández,
Sg.rgento
de
Infanterta
y
Caballero
Mútilodo
Per-
manente. " . _ " . .
bemos.
Sres.:
En
el
recUrso
~ntencioso.~m-i~i~traÜvo
se-
guido
en:.
única
instancia
ante
la
Sección
Tercera
de
la
Audien·
cia
Nacional,
entre
partes
..
de
una,-
como
demandante,
don
Di-
mas-
Nútiez
Fernandez.
qulen
postula
por
si
mismo. y
de
otra.
como
demandada,
la.
Administración
Pública,
represen
lada
y
defendida
por
el
Abogado
del
Estado,
contra
resoluciones
del
Ministerio
de
Defensa
de
17
de
diciembre
de
1980 y30
de
enero
de
1981,
se
ha
dictado
sentencia
OOn
fecha
7
de
abril
ce
1983,
cuya
parte
dispositiva
eas
como
sigue:
.Fallamos:
Que
estimando
parcialmente
el
recurso
conten-
c1oso-administrativo
interpuesto
por
don
Dimas
Núf\ez
Fernán-
dez,
representado
por
la
Procu.rador
señora'
Otero
Garcia,
con-
tra
resoluciones
del
Ministerio
de
Defensa
de
17
de
diciembre
de
1980 y
30
de
enero
de
1Q81.
debemos
declarar
y
declaramos
no
ser
las
mismas
trJustadas
a
derecho,'
y,
en
consecuencia.
las
anulam08,
asimismo.
parcialmente,
reconociendo.
en
cambio.
a
dicho
recurrente
el
derecho
que
tiene
a
percibir
el
comple-
mento
de
destLno
por
responsabilidad
en
la
funCión.
desde
la
fecha
de
la
efec~ividad
económica
de
su
ascenso
a
Sargento
hasta
la
entrada
en
vigor
de
1&
Ley
5/1976.
de
11
de
marzo,
Condenando
a
la
Administración
al
pago
de
las
cantidades
qua
resulteD:
sin
"expresa
impoelci6n
de
·oost88.
As!
por
esta
nuestra
sentencia._
testimonio
de
le
cual
seré.
remitido
en
su
momento
a
la
onc1na
de
origen
alos
efectos
legales
Junto
con
el
expediente··
en
su
caso,
10
pronunciamos
mandamos
y
firmamos.':
.
.'
. ,
En
su
virtud.
de
confonnidad
con
Jo
establecido
en
la
Ley
reguladora
de
la
Jurisdicci6n
Contencioso-Admintstrattva
de
27
de
dictembre
de
1958,
y
en
uso
de
las
facultades
que
me
confiere
el
artfculo
3.(1
de
la:
Orden
del
Ministerio
de
DeCensa
número
54/1982,
~
16
de
marzo,
dispongo
Que se
cumpla
en
sus
PrO-
pios
términos
18
expresada
sentencLa.
.
Lo
que
comunico
aVV. EE.
Dios KUarde aVV.
ES.
muchos
afios.
lJ.--"'
id,
15
de
diciembre
de
1983.-P.
D.,
el
Secretarto--
re-
ra
Asuntos
de
Personal
"1
Acción
Social Federico
Mí_·
'aIlarés. .
:res.
Subsecretario
de
Polftica
de
Defensa
y
General.
\Mutllade
Guerra
por
la
Patria.
cta
Nacional,
entre
PB:rtee-,
de
una.
como
demandante,
daD
Ramiro
Rasero
Zamorano,
quien
postula
por
sf mismo, y
de
otra.
como
demandada,
la
Administración
PúbUca,
representada
ydefendl::la
por
el
Abogado
del
Estado,
Contra
resoluciones
del
Ministerio
de
Defensa
de
29
de
octubre
y
20
de'
diciembre
de
1979.
se
ha
dictado
sentencia con
fecha
2
de
mayo
de
1983
cuya
parte
dispositiva
es
como
sigue:
-Pallam
)s:
Que
estimando
parcialmente
el
recurso
conten~
ciosd-admlnistrativo
interpuesto
por
dOD
Ramiro
Rasero
ZaIno·
rano,
representado
por
el
Letrado
setior
Sans
Sana
contra
re-
soluciones
del
Ministerio
t.:.e
Defensa
de
29
de
octubre
y
2()
de
diciembre
de
1979.
debemos
declarar
y
declaram06
no
Ber
las
mismas
en
parte
ajustadas
a
·derecho,
y,
en
consecuencia.
las
anulamos.
asimismo.
parcialmente.
reconociendo,
en
cambio,
a
dicho
recurrente
el
derecho
que
tiene.
percibir
el
complemento
de
destino
por
responsabilidad
en
la
función.
desds
la
fecha
de
la
efectividad
económica
de
IU
ascenso
a
Sargento
hasta
la
entrada
en
vigor
ae
la
Ley
511978,
de
11
de
marzo,
condenando
a
la
Administración
al
pago
de
las
cantidades'
que
resulten.
sin
expresa
imposición
de
costas.
Firme
que
sea
la,
presente
sentencia,
remítase
testimonio
de
la
misma
con
el
expediente
administrativo
al
Ministerio
de
Defensa,
para
su
ejecución
y
cumplimiento.
Asf
por
esta
nuestra
sentencia.
de
la
que
~
unirá
certifi-
cación
al
rollo, lo
pronunciamos,
mandamos
y
firmamos..
'>
En
su'
virtud.
de
oonformidad
con 10 establecido!
en
la
Ley
reguladora
de
:a
Jurisdicción
Contenctoso-Administrativa
M
Zl
de
diciembre
de
1956. y
en
uso
de
las
facultades
que
me.
con-
fiere¡
8~
articulo
3."
de
la
Orden
del
Ministerio
de
Defensa
número
54/1982,
de
16
de
marzo.
dispongo
que
se
cumpla
en
sus
propios
ténninos.la
expresada
sentencia.
.
to
que
digo
aVV. EE. .
Dios
-guarde
aVV. EE.
muchos
atlos.
Madrid.
'15
de
diciembre
de
1983.-P.
D.,
el
Secretario
general
para
Asuntos
de
Personal
y
Acción
Social, Federico
Michavila
PalIaré!!.
Excmos. Sres. Sub!';ecret&rio
de.
Pol1tica
de
DeCensa y
General
DIrector
de
Mutllados
de
Guerra
pór
la
Pa~ria.
ORDEN
111/0529211983, de 15 de
dictembre,
por
la Que
se
disJ'one
el
cumplimiento
de
la
sentencia
de
la AUlÜencta
Nacional,
dictada
can fecha
2B
de
febrero
d9
1983.
en
el
recurso con.tencioso-ad-
ministrativo
interpuesto
por
don
Juan
Naranjo
Gal'-
ntca.
Teniente
de
lnfanterla.
-inutiUz.ado
por
raz6n
del Senrtcio
da
segunda
categoria-
..
EXcmos.
Sres.:
En
el
I"8CUI'SO
conteñcioso-adminiStrativo.
S&-
guido
en
única
instancia
an~61a
Secci6n
Quinta
de
la
AudIen-
cia
Necional~
entre
parte;&,
de
una.
como
demandante.
do.n
Juan
Natanjo
Garnica,
quien
postula
por
si
mismo.
yde
otra.
como
demandada,
la
Administraci6n
PúblicEll,
representada
y
deten·
dida
por
el
Abogado
del
Estado.
contra
resoluciones
del
'Mi-
nisterio
de
Defense.
de
6
de
julio
de
1979
'J
3Q.
de
enero
de
1980.
se
ha
dictado
sentencia
con
techa
28
de
febrero
de
1963,
cuya
parte
dispositiva
es
como
sigue:
.•
Fallamos;
Que
rechazando
la
causa
de-
inadmisibilidad
in-
vocada
por
el
señor·
Abogado
del
Estado
en
el
presente
recurso
contencioso
administrativo.
contra
resaluciones
del
Ministerio
de
Detensa
de
6
de
julio
de'
1979
y;
:)O
de
enero
de 1980,
sobre
rectificación
de
la
Orden
de
ingreso
en
el
Ben"Bmérito
Cuerpo
de
Mutilados,
debemos
Msestimar
ydesestimamflS
el
recurso
con-
tencioso-administrativo
interpuesto
oor
don
Juan
Nar&Dlo
Gar-
niea.
Teniente
de
Infanterfa
••
inutilizado
por
razón
del
serviolo
de
segunda
categoría_,
representado
por
el
Procurador
don
José
Granados
Well.
contra
lu,
resoluciones
expresadas,
v
debemos
declarar
ydeclAramos
ser
las
mismas
ajustadas
a
derecho.
y
no
hacemos
expresa
imposición
de.
costas.
.
~f
por
esta
nuestra
sentencia.
testimonio
de,
la
cual
seÑ
remItido
en
su
momento
a.
la
oCicina
de
origen
alos
efectos
legales
I
un
to
con·
el
expediente
en
su
caso,
lo
pronunclamos,
mandamos
yCirmam06... .
En
su
virtud.
de
conformidad
con
10
establecido
en
le
Ley
reguladora
de
la
Jurisdicci6n
Contenctoso~Administrati.nv&
de
'Z1
de
diciembre
de
1956.
yen
uso
de
las
facultades
Que
me
confiere
el
artfculo
3.°
de
la
Orden
del
Ministerio
de
Defensa
número
54/1982.
de
16
de
mal"2o.
dispongo
C1~
se
cumpla
en
sus
pro-
pios
términos
la
expresada
sentencia.
~
Lo· Que
digo
VV
,.
EE.
Dios
guarde
a
VV,
ER.
mud101 a1ioe. "
Madrid.
15
de
ciicie~bre
de
1983.-P.
D..
el
Secretario
g&-
neral
pe.ra
Asuntos
de
Personal
"1
Acci6n
80<:ial class="ls3b ws4f">Federico Mi·
chavlla
PaIlarés.
, . -
--,
..
Exemos. Sre9.
Subsecretario
de
Polftlca
de
Defensa
y
General
Director
de
MutlIado!
de
Guerra
per'le'
Patrie.
,

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