Decreto 11/1985, de 22 de enero, por el que se regula la contratación previa en vehículos de servicio público discrecional de transporte interurbano de viajeros por carretera con capacidad inferior a diez plazas, incluido el conductor, para la recogida de viajeros en puertos y aeropuertos de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Turismo, Comercio y Transportes
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 2025/84 de 17 de octubre (BOE de 14 de noviembre, con rectificación de errores publicada en BOE de 7 de diciembre), sobre coordinación de competencias administrativas en relación con los servicios de transporte público de viajeros en automóviles de turismo, recoge en su exposición de motivos como uno de los objetivos, lograr una actuación especialmente dirigida a lo adecuada ordenación y coordinación de dichos servicios en aquellas zonas en las que los mismos tengan un carácter mayoritariamente interurbano y esencialmente supramunicipal.

En este sentido, en el precitado Decreto, se exceptúan de la norma general establecida, en cuanto a la forma de prestación de los servicios cuyos tráficos afecten a varios municipios, aquellos que pudieran efectuarse con origen en puntos tales como puertos, aeropuertos, etc.., y aquellos supuestos en los que se dé la contratación previa del servicio, posibilitándose a los Organos competentes en relación con los servicios interurbanos de la zona, para establecer las condiciones específicas en las que, en ambos casos, los vehículos provistos de autorización de transporte interurbano pudieran recoger viajeros fuera de su municipio de origen y ello con total independencia de lo que, en la citada norma, se regula sobre la posibilidad de constitución de Areas de Prestación conjunta.

Por último, se aborda especialmente el problema de lugar en el que hay que considerar iniciado el servicio en los supuestos de contratación previa, facultándose expresamente en el artículo 7º de referido Real Decreto a los Entes competentes en la expedición de las autorizaciones de transporte interurbano de viajeros por carretera en vehículos de capacidad inferior a 10 plazas, incluido el conductor para determinar, en qué casos y con qué condiciones los vehículos que hayan sido previamente contratados puedan prestar servicios realizando la recogida de pasajeros fuera del término del municipio que le haya otorgado la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR