Decreto n.º 92/2012, de 28 de junio, de concesión directa de una subvención, por parte del Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia, a la Fundación Laboral de la Construcción, para la divulgación de la normativa de prevención de riesgos laborales contenida en el V Convenio General de la Construcción.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

La política en materia de prevención de riesgos laborales, en cuanto conjunto de actuaciones de los poderes públicos dirigidas a la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo, para elevar el nivel de protección de la salud y la seguridad de los trabajadores y trabajadoras, se articula en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en base a los principios de eficacia, coordinación y participación, ordenando tanto la actuación de las diversas administraciones públicas con competencias en materia preventiva, como la necesaria participación en dicha actuación del empresariado y personal laboral, a través de sus organizaciones representativas.

El Plan Regional de Prevención de Riesgos Laborales 2008-2012, cuya gestión de su ejecución, así como la coordinación de las actuaciones previstas en el mismo, se asigna a la consejería competente en materia de trabajo y empleo, a través de la Dirección General de Trabajo y el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia, prevé, entre sus actuaciones divulgativas y de sensibilización, la realización de campañas divulgativas de las obligaciones derivadas de la Ley de Subcontratación en el sector de la Construcción, en especial de las obligaciones de registro de empresas y de formación. Asimismo, también contempla entre las mencionadas actividades, la promoción y difusión de las cartillas profesionales de formación y vigilancia de la salud que determine la legislación y la negociación colectiva.

En lo que se refiere a la formación preventiva de los trabajadores y trabajadoras, el artículo 10 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, establece la posibilidad de que en la negociación colectiva se puedan establecer programas formativos y contenidos específicos de carácter sectorial, para los trabajos de cada especialidad, así como la forma de acreditar dicha formación recibida.

El V Convenio General del Sector de la Construcción encomienda, a la Fundación Laboral de la Construcción, que desarrolle los planes y acciones formativos necesarios para el desarrollo de la prevención de riesgos laborales en este sector. Asimismo, para acreditar la formación específica recibida por el personal laboral, en materia de prevención de riesgos laborales, se decide implantar en todo el territorio nacional la expedición de una cartilla o carné profesional, que será único y tendrá validez en el conjunto del sector, y que será denominada “Tarjeta Profesional de la Construcción”. Su diseño, ejecución y expedición, se encomienda, asimismo, a la Fundación Laboral de la Construcción.

El objetivo de esta Tarjeta es la de acreditar, entre otros datos, la formación específica recibida del sector, por el/la trabajador/a, en materia de prevención de riesgos laborales, así como su categoría profesional y los períodos de ocupación en las distintas empresas en las que vaya ejerciendo su actividad.

La pretensión manifestada en el V Convenio General de la Construcción, de que las acciones y actuaciones preventivas en el sector de la construcción, sean análogas, homogéneas y coordinadas en todo el territorio nacional, motivan que a la Fundación Laboral de la Construcción le corresponda ser el hilo conductor de los principios y directrices a desarrollar en los programas formativos y contenidos específicos de carácter sectorial, y para los trabajos de cada especialidad. Dicha fundación, de acuerdo con lo manifestado por las organizaciones empresariales y sindicales firmantes del convenio, se configura como el organismo paritario del sector de la construcción, con la finalidad de garantizar la prestación de servicios a los/las trabajadores/as y empresas comprendidas en el ámbito de este convenio.

El objeto de la concesión directa de la subvención consiste en la actividad de divulgación e información sobre la nueva normativa que, en...

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