Decreto n.º 144/2010, de 11 de junio, por el que se modifica el Decreto n.º 612/2008, de 29 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz para la construcción del Centro Multifuncional de la Cultura, Fase II.
Sección | Comunidad Autónoma |
Emisor | Consejo de Gobierno |
Rango de Ley | Decreto |
El Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de diciembre de 2008, acordó aprobar el Decreto n.º 612/2008, de 29 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz para la construcción del Centro Multifuncional de la Cultura, Fase II.
Con motivo de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 24 de noviembre de 2009, de modificación de cierre del ejercicio 2009, la Dirección General de Promoción Cultural no pudo tramitar los pagos de anualidades del ejercicio 2009 correspondientes a diversos convenios suscritos entre distintos Ayuntamientos y la Consejería de Cultura y Turismo destinados a financiar la construcción de diversas infraestructuras culturales.
Dada la situación económica y presupuestaria actual es imposible atender al pago de dichas anualidades pendientes si no se realiza una reestructuración financiera de los compromisos adquiridos por la CARM en relación a algunos convenios suscritos. Analizada la situación de la obra de construcción del Centro Multifuncional de la Cultura, Fase II, y una vez obtenido el consentimiento del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz para realizar el reajuste económico de la subvención concedida directamente, es adecuado y necesario llevar a cabo el mismo en el presupuesto del ejercicio 2010 con el fin de hacer frente al gasto que suponen dichas imputaciones derivadas de los pagos pendientes, y, por lo tanto, la modificación del artículo 6 del Decreto 612/2008, de 29 de diciembre, posponiendo la aportación de la Consejería de Cultura y Turismo prevista en el ejercicio 2010, hasta el ejercicio 2011.
Asimismo, para dar cumplimiento a la finalidad establecida en el artículo 1 del citado Decreto, dado el retraso en el desarrollo normal de la ejecución del proyecto y a petición del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz, se considera adecuado y necesario modificar el artículo 7 en el sentido de ampliar el plazo de justificación de las anualidades 2008 y 2009 hasta el 31 de diciembre de 2011.
Por todo ello, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad...
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