Resolución de 9 de julio de 1987, de la Direcin General de Transportes Terrestres, sobre otorgamiento de autorizaciones de la clase TD para cabezas tractoras.
Marginal | BOE-A-1987-16197 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones |
Rango de Ley | Resolución |
LA NUEVA LEY DE ORDENACION DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES, DE PROXIMA PROMULGACION, AL REFERIR, EN TODO CASO, LAS AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE A VEHICULOS CON CAPACIDAD DE TRACCION PROPIA, IMPLICARA LA IMPOSIBILIDAD DE OTORGAR NUEVAS AUTORIZACIONES DE LA CLASE TD PARA CABEZAS TRACTORAS, YA QUE LAS MISMAS SON, EN REALIDAD, AUTORIZACIONES DE ARRASTRE DE UN SEMIRREMOLQUE, QUE ES EL QUE, EN LA ACTUALIDAD, HA DE CONTAR CON AUTORIZACION DE TRANSPORTE.
RESULTA, SIN EMBARGO, CONVENIENTE QUE LAS PERSONAS O EMPRESAS QUE, EN LA ACTUALIDAD, Y CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGOR DE LA REFERIDA LEY, HAYAN COMPROMETIDO LA ADQUISICION DE CABEZAS TRACTORAS, CON EL FIN DE ADSCRIBIRLAS A AUTORIZACIONES TD, NO SUFRAN EL PERJUICIO QUE EL CAMBIO LEGISLATIVO LES OCASIONARIA EN EL CASO DE QUE DICHAS CABEZAS TRACTORAS NO LES FUERAN ENTREGADAS ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DE DICHA LEY, POR LO QUE RESULTA NECESARIO MODIFICAR EL SISTEMA QUE EN LA PRACTICA VIENE APLICANDOSE, CONFORME AL CUAL ES PRECISO DISPONER DE LA CORRESPONDIENTE CABEZA TRACTORA EN EL MOMENTO EN QUE SE REALIZA LA SOLICITUD DE AUTORIZACION TD, POR OTRO, QUE AL PERMITIR QUE DICHA CABEZA TRACTORA SEA APORTADA CON POSTERIORIDAD, POSIBILITE QUE HASTA EL MOMENTO DE ENTRADA EN VIGOR DE DICHA LEY PUEDAN SOLICITARSE Y OTORGARSE AUTORIZACIONES TD, SI BIEN DICHO OTORGAMIENTO ESTARA CONDICIONADO A LA APORTACION DEL CORRESPONDIENTE VEHICULO EN UN DETERMINADO PLAZO.
POR ELLO, ESTA DIRECCION GENERAL, EN APLICACION DE LO...
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