DECRETO 27/1994, de 9 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educa ción y Cultura.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA Y EDUCACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 27/1994, de 9 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educac ión y Cultura. El Decreto de la Presidencia de 17 de septiembre de 1993, sobre organiz ación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de A ragón dispuso en su artículo 3º, el cambio de nombre del Departamento de Cult ura y Educación, que pasó a denominarse de Educación y Cultura. El también Decreto de la Presidencia de 29 de septiembre de 1993, desar rolló la estructura orgánica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, disponiendo en su artículo 3º, punto 8, que el Departamento de Educación y Cultura se estructuraba en las Direcciones Generales de Dep ortes, de Educación y Patrimonio, de Cultura y de Juventud. En su Disposición Transitoria Primera indicaba que los órganos de rango inferior a los re gulados en el Decreto se entenderían subsistentes y conservarían su actual denominación, estructura y funciones, en tanto no se realizasen las opo rtunas modificaciones orgánicas. Por último, la Disposición Final Primera decí a que la Diputación General, a propuesta de cada Consejero, aprobará mediante Decreto las normas de desarrollo de la citada disposición, así como las de redistribución de competencias entre los distintos órganos administrati vos. En otro orden de normativa, los Decretos 116 y 118/1993, de 29 de septi embre, de la Diputación General de Aragón, afectaban al Departamento de Educac ión y Cultura, por una parte la gestión, programación y coordinación de las actividades culturales que se realizasen en el Edificio Pignatelli, com o consecuencia de la supresión de la Gerencia de Programación del Espacio Pignatelli, y de otra se adscribía al mencionado Departamento el Consej o Asesor de Investigación (CONAI). En ambas disposiciones se facultaba a la Consejera de Educación y Cultura para dictar cuantas normas y resolucio nes fueran necesarias para el desarrollo y ejecución de ambos Decretos. Por otra parte, la asunción de las competencias en la gestión del Area de Ediciones procedente del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales y las de las Escuelas de Capacitación Agraria, proceden tes del Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes, obliga a su incorporac ión a la estructura de este Departamento. Por último, se ha de proceder a una asignación y redistribución de competencias dentro del...

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